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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Miercoles, 02 de octubre de 2002 Pág. 14.333

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifican las propuestas de resolución de los expedientes sancionadores PO-EN-2001/81 y uno más.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifican a las personas que en el anexo se mencionan las propuestas de resolución dictadas por la instructora en los expediente que por infracción a la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para examinar los expedientes, en el Servicio de Medio Ambiente Natural, situado en la c/ Benito Corbal, nº 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que consideren convenientes.

Pontevedra, 16 de septiembre de 2002.

José Antonio López Rodríguez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: PO-EN-2001/81.

Denunciado: Áridos Rías Baixas, S.L., dirección: c/ Xunca Branca-Vilalonga-Sanxenxo (Pontevedra).

DNI: B-36115947.

Hechos denunciados: acumular escombros, piedras, tierra y dos cajones de batea en su propiedad, dentro de los límites del espacio natural Ons-O Grove, siendo advertido de la ilegalidad de los hechos y requerido para la retirada de los vertidos, dicho requerimiento no fue atendido.

Hechos denunciados en el espacio natural Ons-O Grove en el lugar de Mexilloeira, en el término municipal de O Grove.

Fecha del acuerdo de la incoación: 29-4-2002.

Precepto infringido: artículo 38.2º de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con el Decreto 82/1989, de 11 de mayo, por el que se regula la figura del espacio natural en régimen de protección general y con la Orden de 7 de junio de 2001 por la que se declaran provisionalmente las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea Natura 2000 como espacios naturales en régimen de protección general.

Precepto sancionador: artículo 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Sanción: 60,10 a 601,02 euros debiendo además restaurar el medio natural a su ser y estado previos a los hechos denunciados ya que de no hacerlo, se impondrán multas coercitivas reiteradas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.

ANEXO

Expediente: PO-EN-2001/82.

Denunciado: Áridos Rías Baixas, S.L., dirección: c/ Xunca Branca-Vilalonga-Sanxenxo (Pontevedra).

DNI: B-36115947.

Hechos denunciados: acumular piedras y tierra, así como un flotador de madera de una batea en una finca de su propiedad, dentro de los límites del espacio natural Ons-O Grove.

Hechos denunciados en el espacio natural de Ons-O Grove en el lugar de Mexilloeira, en el término municipal de O Grove.

Fecha del acuerdo de la incoación: 29-4-2002.

Precepto infringido: artículo 38.2º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con el Decreto 82/1989, de 11 de mayo, en régimen de protección general, y con la Orden de 7 de junio por la que se declaran provisionalmente las zonas propuestas para su inclusión en la Red Natura 2000 como espacios naturales en régimen de protección general.

Precepto sancionador: artículo 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Sanción: 60,10 a 601,02 euros, debiendo además restaurar el medio natural a su ser y estado previos a los hechos denunciados ya que de no hacerlo, se impondrán multas coercitivas reiteradas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.