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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Martes, 24 de septiembre de 2002 Pág. 14.011

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD

CÉDULA de 29 de julio de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica el inicio del expediente sancionador 91/02 PAN, por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha de 16 de julio de 2002, la delegada provincial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador nº 91/02 PAN, incoado por la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el número 4 del referido artículo, se notifica a José Apolinar Pazos González para que pueda tener conocimiento del contenido del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para presentar alegaciones ante esta delegación provincial en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente cédula.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pontevedra, 29 de julio de 2002.

Mª Dolores Pan Vázquez

Delegada provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: nº 91/02 PAN.

Denunciado: José Apolinar Pazos González.

Último domicilio conocido: calle Luis Aguiar, 7-1º, ayuntamiento de Ponteareas (Pontevedra).

Hecho denunciado: infracciones en materia sanitaria.

Precepto infringido:

-Artículo 2.2º.2) del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.-Capítulo IV del anexo del Real decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimentarios.

Precepto sancionador: artículo 35.A) 1ª, 2ª de la Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley general de Sanidad.

Sanción impuesta: 150 euros.