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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Martes, 17 de septiembre de 2002 Pág. 13.717

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

CESES:

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 6 de septiembre de 2002 por la que se dispone el cese de vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y ría de Pontevedra.

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, texto reformado por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, atribuye a las comunidades autónomas la facultad de designación y separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de interés general del Estado situadas en su territorio.

De acuerdo con el artículo 40.2º punto 6º da la ya citada Ley 27/1992, y de los acuerdos del 5 y 26 de marzo de 1998, del Consello de la Xunta de Galicia, los miembros de los consejos de administración da las autoridades portuarias de interés general del Estado fueron nombrados por un período renovable de 4 años, según orden de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de 23 de junio de 1998, DOG número 121, del 25 de junio, por lo que es necesario proceder a su renovación.

El acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 10 de enero de 2002 modificado por el acuerdo de 6 de junio de 2002 faculta al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda para el ejercicio de dichas competencias.

Considerando que, en virtud de dicha orden de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de 23 de junio de 1998, DOG número 121,

del 25 de junio, los vocales de la letra c, del número 1º del artículo 40 de la ya citada Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y la marina mercante, texto reformado por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, fueron nombrados por un período de 4 años, renovable, y sin perjuicio de que conforme a lo previsto en el mismo artículo 40 de la Ley 27/1992, la designación y separación de los vocales del consejo de administración se deberá hacer necesariamente por propuesta de las administraciones públicas y entidades u organismos representados en el consejo de administración; vista en consecuencia la propuesta de nombramiento y cese realizada por las distintas administraciones públicas, entidades y organismos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40, número 2º, de la Ley 27/1992, y de los mencionados acuerdos tomados el 5 y 26 de marzo de 1998 y el 10 de enero de 2002 modificado por el del 6 de junio por el Consello de la Xunta de Galicia, y, en cuanto órgano competente,

DISPONGO:

El cese de los siguientes vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y ría de Pontevedra, en representación de la Administración general del Estado:

-Eduardo Cadenas Dapena.

-Miguel Ángel Delmas Pérez de Salcedo.

-Juan Antonio Sardina Páramo.

Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2002.

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS

Y VIVIENDA