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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Jueves, 12 de septiembre de 2002 Pág. 13.556

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (310/2002).

Marina Pilar García de Evan, secretaria sustituta del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, doy fe que en los presentes autos de juicio verbal número 310/2002, seguidos en este Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, a instancia de Joaquín Seoane Vilaboa, contra Construcciones Covilco 2000, S.L., en reclamación de despido, se ha dictado, con fecha cinco de agosto de dos mil dos, sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que estimando la demanda promovida por Joaquín Seoane Vilaboa, frente a Construcciones Covilco 2000, S.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto el actor y condeno a dicha empresa a que opte entre la readmisión del actor en su puesto de trabajo o el abono de la cantidad de setecientos noventa y un euros con setenta y dos céntimos (791,72 euros), en concepto de indemnización, opción que deberá ejercitar en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado, advirtiéndole que, de no realizarla, se entenderá que procede la primera, con abono en ambos casos de la cantidad de tres mil seis euros con cincuenta y siete céntimos (3.006,57 euros) en concepto de salarios de tramitación, y a un haber diario de veintinueve euros con diecinueve céntimos (29,19 euros) desde la fecha hasta que se notifique la presente resolución y todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales que

puedan incumbir al Fondo de Garantía Salarial, en caso de insolvencia de la empresa demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia, en el término de cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia y con expresa advertencia de que, de ser el recurrente, la empresa demandada deberá exhibir ante este juzgado el resguardo

acreditativo de haber depositado en la cuenta de recursos de este juzgado de social número dos, de identificación 1596, abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya, oficina 5947, sita en la c/ Senra nº 3 de esta ciudad, la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 65) la cantidad de veinticinco mil pesetas (25.000 pesetas), preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso».

Y para que sirva de notificación de sentencia a Construcciones Covilco 2000, S.L., con domicilio en Alfredo Brañas, 18 (gal. A Lúa), planta baixa, local 10, Santiago de Compostela, hoy en paradero desconocido, y haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación.

Y asimismo, para que conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula de notificación de sentencia, en Santiago de Compostela, lunes 5 de agosto de 2002.

La secretaria judicial

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