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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Lunes, 02 de septiembre de 2002 Pág. 13.164

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (159/2002).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña.

Doy fe y testimonio: en los autos seguidos ante este juzgado de lo social tramitados bajo el número 159/2002, a instancia de José Seijas Morano, contra la empresa Prefabricados Gago, S.L., y Fogasa sobre salarios, se dictó la siguiente:

«Sentencia. En la ciudad de A Coruña, 11 de julio de 2002. Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo social número dos de esta ciudad, vio los presentes autos de juicio número 159/2002, seguidos a instancia de José Seijas Morano, mayor de edad, asistido por la letrada Cristina Gómez Lozano, contra la empresa Prefabricados Gago, S.L., que no compareció en autos; interviniendo el Fogasa, representado y asisitido por el letrado Javier Morado Díaz, siendo el objeto de la reclamación, salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido: que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el actor José Seijas Morano, interviniendo el Fogasa, contra la empresa Prefabricados Gago, S.L., debo condenar y condeno a esta a que abone al actor la cantidad de 5.704,92 euros por todos los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíqueseles esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la referida solamente cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá al anunciarlo entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad con el número de cuenta 5.603 clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la cantidad de 150,25 euros, en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Prefabricados Gago, S.L., mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, que tiene su dirección desconocida, expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 11 de julio de 2002.

El secretario judicial

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