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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Viernes, 30 de agosto de 2002 Pág. 12.962

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VIMIANZO

ANUNCIO de nombramiento de funcionario en prácticas.

Por medio de este anuncio y para general conocimiento, se hace público que la alcaldía-presidencia

de este ayuntamiento, con fecha de 12 de julio de 2002, dictó la resolución que se transcribe:

Asunto: resolución de la oposición convocada para cubrir como funcionario de carrera una plaza de cabo de la policía local. Nombramiento de funcionario en prácticas. Plaza existente en la plantilla de este ayuntamiento e incluida en la oferta de empleo público para el ejercicio de 2001.

Resolución de la alcaldía:

Alejandro Rodríguez Lema, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Vimianzo, en el ejercicio de las facultades y competencias que le atribuye la legislación de régimen local y:

Teniendo en cuenta que en la plantilla de este ayuntamiento y en la oferta de empleo público del ejercicio de 2001 se incluye la plaza de funcionario de carrera perteneciente a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares.

Teniendo en cuenta las bases rectoras del proceso selectivo, en las que se ordena el proceso de acceso a dicha plaza y que fueron publicadas en el BOP y en el DOG de manera íntegra, tal y como consta en el atado. Después del pertinente anuncio de la convocatoria en el BOE, así como los trámites y resoluciones precisas para fijar la lista de admitidos, nombramiento del tribunal y comienzo de proceso selectivo conforme a las resoluciones publicadas en el BOP nº 11, del 16 de mayo de 2002, y nº 132, del 11 de junio, en la fecha prevista se constituyó el tribunal y se desarrolló el proceso selectivo por sus canales, tal y como consta documentado en las respectivas actas de cada sesión, redactada al efecto y firmadas por los asistentes.

Teniendo en cuenta la propuesta del tribunal reflejada en dicha acta que se asume como motivadora de esta resolución en los términos que constan en el atado, y de la que destacamos su parte conclusiva al señalar:

El tribunal manifiesta que José Luis Caamaño Domínguez superó las distintas prubas según consta en las actas de cada sesión y en el expediente, ratificándose el tribunal en todas las actuaciones desarrolladas, por la unanimidad de sus miembros, que firman.

Visto tolo lo que antecede, el tribunal, por unanimidad de sus miembros acuerda:

Primero.-Declarar aprobado a José Luis Caamaño Domínguez, por haber superado todas las pruebas de la convocatoria.

Segundo.-Elevar a la alcaldía-presidencia propuesta de nombramiento de dicho aspirante como funcionario en prácticas, para la plaza de cabo de la policía municipal del Ayuntamiento de Vimianzo, al ser el único aspirante aprobado en el poceso selectivo.

Visto el artículo 21.1º h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, sobre atribución a la alcaldía de la competencia para el nombramiento de todo el personal del ayuntamiento.

Visto el contenido del artículo 102.2º de la LBRL, en la redacción que le dio la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social sobre nombramientos, a partir de la propuesta elevada por el tribunal, en los procesos selectivos.

Teniendo en cuenta la base 10ª de las rectoras del proceso selectivo referente a la resolución de la fase de oposición y nombramiento de funcionario en prácticas, acorde con lo señalado igualmente en el artículo 6 del Decreto 204/2000, de 21 de julio, por el que se refunde la normativa vigente en materia de coordinación de policías locales (DOG nº 154, del 9 de agosto de 2001), al señalar:

Los aspirantes que superaron la fase de oposicion, y después de cumplirse los requisitos formales que establezca la correspondiente convocatoria, serán nombrados funcionarios en prácticas y percibirán con cargo a la corporación respectiva las retribuciones que le correspondan.

Visto cuanto antecede y considerando que se observó el procedimiento reglamentado en las bases rectoras para la llamada fase de oposición, esta acaldía, por medio de la presente,

RESUELVE:

Primero.-Resolver la fase de oposición tramitada para seleccionar la plaza de cabo de policía local de este ayuntamiento identificada y, en consecuencia, nombar a José Luis Caamaño Domínguez, con DNI nº 32805066-M, funcionario en prácticas con la categoría de cabo de la policía local de Vimianzo, perteneciente a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, perteneciente al grupo D, e incluida en la oferta de empleo público de aquel ayuntamiento para el ejercicio de 2001 (con las siguientes características en el catálogo de puestos de trabajo: SCF-01, grupo D, nivel de complemento de destino 16).

Segundo.-Notifíquese esta resolución al funcinario en prácticas nombrado para que tome posesión, como máximo, en el plazo de veinte días naturales, contados desde la notificación de esta resolución.

Terceiro.-Plublíquese en los boletines que proceda la resolución de esta oposición y el nombramiento de este funcionario en prácticas del Ayuntamiento de Vimianzo (A Coruña).

Recursos:

Contra este acuerdo puede usted interponer con carácter postestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde que reciba la notificación, ante el mismo órgano que lo dictó. En caso de recurrir mediante este recurso de resposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto (todo ello según la redacción dada a la Ley 30/1992 por la Ley 4/1999, de 13 de enero, BOE del 14 de enero). Podrá usted recurrir directamente a la vía jurisdiccional contencioso-administrativa durante el plazo

de dos meses a partir del día siguiente al de la fecha de la notificación, advirtiéndole que también podrá utilizar, por su cuenta, cualquier otro recurso o alegación que estime conveniente.

Este recurso contencioso-administrativo se puede interponer ante el juzgdo de lo contencioso-administrativo, con sede en la capital de la provincia, de acuerdo con el artículo 8.1º de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa en los recursos que se deduzcan frente a los actos de las entidades locales cuando tengan por objeto:

a) Cuestiones de personal, salvo que se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de los funcionarios públicos de carrera.

b) Gestión, inspección y recaudación de los tributos y demás ingresos de derecho público regulados en la legislación de haciendas locales.

c) Licencias de edificación y uso del suelo y del subsuelo, siempre que su presupuesto no exceda de 250 millones de pesetas (1.502.530,26 euros), así como las de apertura.

d) Declaración de ruina y órdenes de ejecución de obras de conservación, reforma y rehabilitación de inmuebles.

e) Sanciones administrativas cualquiera que sea su naturaleza, cuantía y materia.

Los recursos frente a los demás actos de esta entidad local se interpondrán ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con sede en A Coruña.

Vimianzo, 12 de julio de 2002. Alejandro Rodríguez Lema, alcalde. Ante mí, Manuel Ángel Jove Losada, secretario accidental.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Vimianzo, 15 de julio de 2002.

Alejandro Rodríguez Lema

Alcalde