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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Jueves, 29 de agosto de 2002 Pág. 12.920

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se hace pública la resolución de los expedientes sancionadores en el orden social 83/2002 y tres más.

No habiendo encontrado en los domicilios conocidos por esta delegación provincial a los titulares de las empresas que se indican a continuación, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.5º de la Ley 30/1992, que fue dictada resolución en relación con su expediente sancionador, informándole que en el plazo de un (1) mes contado a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, puede interponer recurso de alzada ante el director

general de Relaciones Laborales, según lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre), advirtiéndole que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, dispondrá de un mes de plazo para abonar la multa, mediante la necesaria utilización del impreso, que podrá solicitar en la propia Delegación Provincial de A Coruña. En otro caso, se procederá a la exacción por la vía ejecutiva en los términos previstos en el artículo 3º de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 22-5-1987.

Exp. nº: 83/2002.

Acta nº: 1780/2001.

Titular: Los Superbocados, S.L.

NIF/DNI: B-15498314.

Dirección: San Isidoro, 52, A Coruña.

Materia: trabajo.

Fecha res.: 31-5-2002.

Sanción: 901,52 A.

Hechos: con fecha 28-12-2001 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social emitió acta de infracción contra la empresa de referencia, por vulneración del art. 35.5º del R.D. leg. 1/1995, de 24 de marzo, en relación con la falta de registro de jornada a los efectos de controlar las posibles horas extraordinarias.

Tipificación: falta grave en grado medio, tipificada y sancionable de acuerdo con los arts. 7.5º y 39 y 40 del R.D. leg. 5/2000, de 4 de agosto, valorando la dificultad de reclamar horas extras, por falta de instrumento de control y el incumplimiento del requerimiento previo.

Exp. nº: 238/2002.

Acta nº: 294/2002.

Titular: Contratas y Cnes. Marineda, S.L.

NIF/DNI: B-15784572.

Dirección: avda. del Ejército, 23, 15006 A Coruña.

Materia: seguridad e higiene.

Fecha res.: 2-7-2002.

Sanción: 1.503,13 A.

Hechos: con fecha 6-3-2002 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social emitió acta de infracción contra la empresa de referencia, por vulneración de los arts. 3 b) parte C anexo IV del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre; art. 3 y de los anexos I, III y IV art. 9 del R.D. 773/1997, de 30 de mayo; art. 17.2º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre; por carecer de protecciones colectivas y de cinturón de seguridad en la obra de construcción sita en Urb. Romardeiro-Sta. Eulalia de Liáns (Oleiros), cuando el trabajador realizaba trabajos a una altura aproximada de 6 metros, existiendo un riesgo grave de caída.

Tipificación: falta grave en grado mínimo, tipificada y sancionable de acuerdo con los arts. 12.16º f) y 39 y 40, respectivamente, del R.D. leg. 5/2000, de 4 de agosto.

Exp. nº: 278/2002.

Acta nº: 1516/2001.

Titular: Urproman, S.L.

NIF/DNI: B-15483696.

Dirección: Alcalde Pérez Ardá, nº 14-2º-A Coruña.

Materia: seguridad e higiene.

Fecha res.: 24-11-2001.

Sanción: 1.503,13 A.

Hechos: con fecha 30-11-2001 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social emitió acta de infracción contra la empresa de la referencia, por vulneración de los arts. 12 de la Orden de 17-8-1992 (Consellería de Industria y Comercio), en relación con la ITC MIE-A-EM 2 del Reglamento de elevación, sustituido por el art. 39 del Decreto 204/1994, de 16 de junio; y art. 6 b) de la parte C del anexo IV del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, a causa del manejo de una grúa-torre en Francisco Comesaña, s/n, Sta. Cruz (Oleiros), por un trabajador no cualificado.

Tipificación: falta grave en grado mínimo, tipificada y sancionable de acuerdo con los arts. 12.16º b) y 39 y 40, respectivamente, del R.D. leg. 5/2000, de 4 de agosto.

Exp. nº: 466/2002.

Acta nº: 321/2002.

Titular: Escayolas Vidaju, S.L.

NIF/DNI: B-15716533.

Dirección: Ameneiral-Bertamiráns-Ames.

Materia: seguridad e higiene.

Fecha res.: 20-6-2002.

Sanción: 0,00 A.

Hechos: con fecha 6-3-2002 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social emitió acta de infracción contra la empresa de referencia, por vulneración de los arts. 17.2º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre; arts. 3, 7 y anexo III.2 del R.D. 773/1997, de 30 de mayo, en relación con el riesgo de golpes y cortes en los pies en una obra de construcción en Cordelería, 32 (A Coruña).

Tipificación: falta grave en grado mínimo, tipificada y sancionable de acuerdo con los arts. 12.16º b) y 39 y 40, respectivamente, del R.D. leg. 5/2000, de 4 de agosto.

A Coruña, 18 de julio de 2002.

Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña