En A Coruña, ocho de mayo de dos mil dos.
En los autos de filiación que bajo en número 439/2001 se seguen en este juzgado se ha dictado sentencia de fecha veinticinco de abril de dos mil dos, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia.
En nombre del Rey de España, vistos por Carmen Amelia Gomá García, magistrada-jueza con destino en el Juzgado de Primera Instancia número cinco de esta ciudad los autos de filiación, tramitados ante el juzgado con el núemro 439/2001 promovida por el procurador Domingo Antonio Rodríguez Siaba en nombre y representación de María Jesús Fariña Mosquera
contra herederos desconocidos de Felisardo López Raña, José, María, Jesús, Ricardo, Jesusa, Dorinda y Leticia López Raña, siendo parte el Ministerio Fiscal.
Fallo que debo desestimar la demanda formulada por la representación de María Jesús Mosquera contra los herederos desconocidos de Felisardo López Raña, y contra José, María, Jesús, Ricardo, Jesusa, Dorinda y Leticia López Raña, y debo declarar la paternidad de Elisardo López Raña, respecto de María Jesús Fariña Mosquera, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración. Se accede a la rectificación de la inscripción registral de nacimiento en lo pertinente para su acomodo a la nueva situación legal, con imposición de costas a los demandados.
Y para que conste y sirva de notificación a la demandada rebelde Leticia López Raña, su publicación e inserción en el DOG, expido y firmo el presente, en A Coruña, a ocho de mayo de dos mil dos.
La secretaria judicial
Rubricado
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO
DE CORCUBIÓN