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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Lunes, 24 de junio de 2002 Pág. 9.715

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 21 de mayo de 2002 por la que se autoriza al centro privado Dioptra de Lugo para impartir el ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas en turno de tarde-noche.

Examinado el expediente presentado por el centro privado Dioptra de Lugo, solicitando autorización para impartir el ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas en turno de tarde-noche.

Resultando que por Orden de 14 de septiembre de 2001 (DOG 27-9-2001), se autorizó a dicho centro para impartir el ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas.

Vistos el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; Orden de 21 de diciembre de 1999 (DOG 31-1-2000), por la que se regulan determinados aspectos relativos a autorización de centros privados exclusivos de formación profesional específica; Decreto 296/1999 (DOG 18-11-1999), por el que se desarrollan determinados aspectos de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia; Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22) y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que desarrolla dicho decreto.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar al centro privado Dioptra de Lugo para impartir el ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas en turno de tarde-noche, según se especifica en el anexo de la presente orden.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro así como el equipamiento adecuado.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2002.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: Lugo.

Municipio: Lugo.

Localidad: Lugo.

Domicilio: plaza Conde Fontao, 4 bajo.

Código del centro: 27020677.

Denominación: centro privado Dioptra.

Titular: Dioptra, S.L.

Composición resultante:

Familia profesional: edificación y obra civil.

Turno de mañana:

1 ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas (2 unidades, 20 alumnos/unidad).

Turno de tarde-noche:

1 ciclo formativo de grado superior de desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas (2 unidades, 20 alumnos/unidad).