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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Martes, 18 de junio de 2002 Pág. 9.307

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Transportes La Unión, S.A.

Vista el acta de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Transportes La Unión, S.A., con nº de código 3601322, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 13-2-2002, suscrita en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social por el comité de empresa, en fecha 2-2-2002. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 21 de febrero de 2002.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Tabla salarial para el año 2002 del convenio colectivo de la empresa Transportes La Unión, S.A.

Acta 2ª

Representación económica:

Javier Lorenzo González.

Leandro Arruti Baqueiro.

Representación social:

Manuel Méndez Rico.

Dositeo Peón Amoedo.

Ignacio Estévez González.

Manuel Rivas Vidal.

Manuel Carmuega Gamallo.

Fernando Trigo Fabeiro.

Asisten los señores arriba reseñados en los locales de la empresa, sita en c/ Salvador Moreno nº 155 de Pontevedra, siendo las 13 horas del día 2 de febrero del año 2002. Se reúnen la representación social y económica de la empresa Transportes La Unión, S.A., para continuar la negociación del incremento de la tabla salarial para el año 2002 del convenio colectivo de trabajo de la misma así como distintos aspectos del mencionado convenio.

En este mismo acto se hace por parte de la representación social a la representación económica una propuesta sobre un incremento de la tabla salarial y demás complementos económicos que establece el convenio, consistente en el IPC consolidado del año 2001 incrementado con el 1,5%, ofreciendo la parte económica el 1% sobre el IPC consolidado del año 2001.

Tras largo debate sobre el incremento de la tabla salarial para el año 2002, por acuerdo unánime de todos los presentes, se fija la subida de la tabla salarial y demás complementos económicos que establece el convenio en un 4% sobre la tabla salarial del año 2001 con efectos del día 1-1-2002, que se aplicará a partir de la nómina del presente mes de febrero.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la presente acta, que firman en prueba de conformidad todos los asistentes en el lugar y fecha al principio indicados.

a) Tabla de salarios desde el 1-1-2002 al 31-12-2002

Personal administrativoPtas./mesEuros/mesPtas./h.

extra

Euros/h.

extra

Jefe de servicio170.4571.024,471.95811,77

Ingeniero y licenciados148.559892,861.70810,27

Jefe de negociado118.429711,771.3608,17

Oficial de primera107.109643,741.2327,40

Oficial de segunda100.134601,821.1516,92

Auxiliar administrativo90.579544,391.0416,26

Personal de movimientoPtas./mesEuros/mesPtas./h.

extra

Euros/h.

extra

Jefe de tráfico de primera128.608772,951.4808,89

Jefe de tráfico de segunda124.034745,461.4268,57

Jefe de tráfico de tercera116.574700,621.3418,06

Taquilleros/as99.352597,121.1286,78

Personal de movimientoPtas./díaEuros/díaPtas./h.

extra

Euros/h.

extra

Inspector3.69122,189685,82

Conductor-perceptor3.61321,719475,69

Conductor3.54821,329335,61

Cobrador3.09618,618154,90

Mozo de administración2.95317,757764,66

Personal de talleresPtas./mesEuros/mesPtas./h.

extra

Euros/h.

extra

Jefe de taller147.398885,881.69410,18

Encargado de taller115.155692,101.3247,96

Personal de talleresPtas./díaEuros/díaPtas./h.

extra

Euros/h.

extra

Jefe de equipo3.85723,181.0136,09

Oficial de primera3.17522,339765,87

Oficial de segunda3.54121,289315,60

Oficial de tercera3.38820,368905,35

AprendicesSalario mínimo según edad en cada caso

b) Otros conceptos desde el 1-1-2002 al 31-12-2002.

1. Dietas:

-Servicio de línea regular en Galicia: 7,86 euros (1.307 ptas.) comida, 7,86 euros (1.307 ptas.) cena y 10,34 euros (1.721 ptas.) pernoctación.

-Servicio discrecional en España y Portugal: 13,19 euros (2.195 ptas.) comida, 13,19 euros (2.195 ptas.) cena y 15,78 euros (2.625 ptas.) pernoctación.

-Resto de países no mencionados anteriormente: 18,86 euros (3.138 ptas.) comida, 18,86 euros (3.138 ptas.) cena y 23,90 euros (3.976 ptas.) pernoctación.

2. Quebranto de moneda: 0,85 euros/día (141 ptas./día).

Pontevedra, 2 de febrero de 2002.