El artículo 28.2º de la Constitución española reconoce, como derecho fundamental de la persona, el derecho a la huelga.
El ejercicio de este derecho en la Administración y en las empresas, entidades e instituciones públicas o privadas, que presten servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad, en el ámbito y competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, está condicionado al mantenimiento de los servicios esen
ciales fijados en el artículo 2 del Decreto 155/1998, de 9 de junio (DOG nº 116, del 20 de junio), entre los que se encuentra la sanidad.
El ejercicio público de la prestación de la asistencia santaria no se puede ver afectado gravemente por el legítimo derecho del exercicio de huelga, ya que aquel es considerado y reconocido prioritariamente en relación a éste.
El artículo 3 del citado decreto faculta a los conselleiros competentes, por razón de los servicios esenciales afectados, para que, mediante orden y ante cada situación de huelga, decidan el mínimo de actividad necesaria para asegurar el mantenimiento de tales servicios, así como para determinar el personal necesario para su prestación.
Convocada huelga por las organizaciones sindicales Comisiones Obreras de Galicia (CC.OO.), Confederación Intersindical Galega (CIG) y la Unión General de Trabajadores (UGT-Galicia), que afecta al conjunto de las actividades públicas y privadas del sector sanitario de Galicia, desde las 22 horas del día 19 de junio de 2002, a las 22 horas del día 20 de junio, oído el comité de huelga, esta consellería
DISPONE:
Artículo 1º.-La huelga convocada desde las 22 horas del día 19 de junio de 2002, a las 22 horas del día 20 de junio, que afectará al personal de los centros Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela, C.H. Juan Canalejo, C.H. Arquitecto Marcide, Gerencia de Atención Primaria de Santiago de Compostela, Gerencia de Atención Primaria de A Coruña-Ferrol, FP Hospital da Barbanza, Instituto Galego de Medicina Técnica, Hospital Juan Cardona, Empresas Transporte Sanitario Programado, Centro de Transfusión de Galicia, Centro Oncológico de Galicia, Urgencias Sanitarias de Galicia-061, F.P. Virxe da Xunqueira, F.P. Hospital Salnés, C.H. Xeral-Calde, Hospital Comarcal de Monforte, Hospital Comarcal da Costa (Burela), Xerencia de Atención Primaria de Lugo, C.H. de Ourense, Hospital do Barco de Valdeorras, Xerencia de Atención Primaria de Ourense, F.P. Hospital de Verín, Hospital do Meixoeiro, C.H. de Pontevedra, C.H. Xeral-Cíes, Hospital Nicolás Peña, Xerencia de Atención
Primaria de Pontevedra-Vigo (Área Norte y Área Sur), Hospital de la Cruz Roja de Vigo, POVISA y demás centros e instituciones sanitarias privadas de la Comunidad Autónoma de Galicia, se entiende condicionada al mantenimiento de los servicios mínimos que se establecen en los anexos de esta orden.
Los servicios mínimos que se fijan resultan totalmente imprescindibles para mantener la adecuada cobertura de los servicios esenciales de asistencia sanitaria en los centros sanitarios, para evitar que se produzcan graves prejuicios a los usuarios.
Tales mínimos responden a la necesidad de compatibilizar el respeto ineludible al ejercicio del derecho a la huelga, con la atención a los usuarios que, bajo ningún concepto, pueden quedar desasistidos por las características del servicio dispensado.
Y por ello, se mantienen los servicios mínimos necesarios para garantizar la asistencia imprescidible a pacientes hospitalizados, así como la atención urgente y permanente a los usuarios, que no pueden aplazarse sin consecuencias negativas para su salud.
Entrando en el análisis pormenorizado de los servicios mínimos, se pueden establecer los siguientes criterios rectores de determinación del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales:
I. Servicios mínimos que garanticen el personal necesario para la cobertura de la atención urgente y permanente y las emergencias. (Anexo I).
II. En el transporte sanitario programado:
1. Una cobertura del 100% respecto a la atención urgente.
2. Una cobertura del 100% de los traslados desde las urgencias del hospital para ingresos en el servicio correspondente.
3. 100% de los servicios de transporte para diálisis.
4. 100% del transporte de pacientes ingresados para ingreso en otros hospitales.
5. 100% de los pacientes hospitalizados para la realización de pruebas diagnósticas.
6. Los traslados para tratamientos oncólogicos, altas hospitalarias, consultas externas, pruebas en pacientes ambulatorios y rehabilitación se cubrirán en caso de que el pacinte necesite camilla, silla de ruedas o requiera apoyo terapéutico.
III. En el Centro de Transfusiones de Galicia los servicios mínimos necesarios para el mantenimiento del abastecimiento sanguíneo en toda la Comunidad Autónoma. (Anexo II).
IV. En las instituciones sanitarias públicas y privadas autorizadas por la Consellería de Sanidad para la prestación de asistencia sanitaria, los criterios de determinación del personal para la cobertura de los servicios mínimos será la siguiente:
A) Personal facultativo dependiente de atención especializada:
I. Cobertura del 100% de la actividad urgente en un triple ámbito:
-Servicios de urgencias y guardias médicas.
-Quirófanos urgentes (generales y de tocología) para la atención de los usuarios que requieran intervención quirúrgica inaplazable en su ingreso.
-Atención a los paritorios.
II. Cobertura de la actividad quirúrgica de los pacientes hospitalizados, respeto a las patologías que pongan en peligro la vida de los mismos o agraven su estado de salud.
III. En el área de hospitalización se establecen el número necesario para garantizar las visitas médicas, la atención indefectible de los pacientes hospitalizados y las altas clínicas.
IV. En el ámbito de consulta se atenderán las consideradas como urgentes o preferentes, así como las interconsultas de los pacientes hospitalizados que lo requieran, a criterio del facultativo. Asimismo se atenderán las consultas de los pacientes desplazados.
V. Se garantizará, asimismo, la realización de las pruebas complementarias urgentes y las que se refieran a los pacientes hospitalizados que, a criterio del facultativo, sean necesarias.
VI. Se garantizará la dispensación de medicamentos y productos sanitarios, que a criterio del facultativo sean necesarios.
B) Personal facultativo dependiente de las gerencias de atención primaria:
I. Cobertura del 100% de la actividad urgente.
II. Los servicios mínimos que se fijan en el tramo ordinario de atención, prestarán asistencia urgente o inaplazable de esa unidad cualquiera que sea la modalidad de la prestación. La determinación de los efectivos se realizará en base a los tramos siguientes:
-En centros con cuatro o menos profesionales: 1 efectivo.
-En centros con cinco a ocho profesionales: 2 efectivos.
-En centros con nueve a doce profesionales: 3 efectivos.
-En centros con más de 13 profesionales: 4 efectivos.
C) Personal sanitario no facultativo de atención especializada.
I. Cobertura del 100% de la actividad urgente en un triple ámbito:
-Servicios de urgencias.
-Quirófanos urgentes (generales y de tocología) para la atención de los usuarios que requieran intervención quirúrgica inaplazable en su ingreso.
-Atención a los paritorios.
II. En el área de hospitalización se establecerá el número necesario para garantizar los cuidados de los pacientes hospitalizados, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.
III. En el ámbito de consultas se establecerá un mínimo en un doble ámbito:
-Apoyo a la atención de las consultas especializadas consideradas como urgentes o preferentes.
IV. En el ámbito de los servicios centrales, se garantizará la realización de las pruebas complementarias urgentes y las que se refieran a los pacientes hospitalizados que, a criterio del facultativo, sean necesarios.
V. Se garantizará la dipensación de medicamentos y productos sanitarios.
VI. Unidades especiales: el número necesario para garanzar el cuidado de los pacientes.
D) Personal sanitario no facultativo dependiente de las gerencias de atención primaria:
I. Cobertura del 100% de la actividad urgente.
II. Los servicios mínimos que se fijan en el tramo ordinario de atención, prestarán asistencia urgente o inaplazable de esa unidad, cualquiera que sea la modalidad de la prestación. La determinación de los efectivos se realizará en base a los tramos siguientes:
-En centros con cuatro o menos profesionales: 1 efectivo.
-En centros con cinco a ocho profesionales: 2 efectivos.
-En centros con nueve a doce profesionales: 3 efectivos.
-En centros con más de 13 profesionales: 4 efectivos.
E) Personal no sanitario de atención especializada y atención primaria.
I. Urgencias: el 100% del personal no sanitario.
II. Área de hospitalización: un número de efectivos equivalente al de los domingos o festivos.
III. Area de admisión de atención primaria:
a) Atención primaria:
-En centros con cuatro o menos facultativos: 1 efectivo.
-En centros cinco a ocho facultativos: 2 efectivos.
-En centros con nueve a doce facultativos: 3 efectivos.
-En centros con más de 13 facultativos: 4 efectivos.
b) Atención especializada:
Servicio de admisión y archivo de atención especializada: un número equivalente al de domingos o festivos.
IV. Cita previa: un número de efectivos que garantizen la atención al paciente que lo requiera, con un mínimo de un efectivo hasta un máximo del 50% de los efectivos de cada turno de trabajo.
V. Atención al paciente: un número de efectivos que garantizen la atención al paciente que lo requiera, con un mínimo de un efectivo y hasta un máximo del 50% de llos efectivos de cada turno.
VI. Servicios de mantenimiento: un número equivalente a los de domingos o festivos.
VII. Servicio de lavandería y lencería: hasta el 50% de los efectivos de cada turno.
VIII. Limpieza: hasta el 50% de los efectivos de cada turno.
IX. Hostelería: un número mínimo igual a los de domingos o festivos, o bien un 60% de los efectivos de cada turno, en función del tamaño de las prestaciónes dependientes de hostelería en cada centro.
Con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento del servicio, se servirá, con carácter general, un único menú a los pacientes que no requieran dieta médica especial.
X. Conductores: el mismo número de efectivos que los domingos o festivos, con un mínimo, en todo caso, de un efectivo.
XI. Servicios administrativos:
-Información: el número de profesionales necesarios para garantizar la debida información a los pacientes.
-Personal: el número imprescindible para garantizar las incidencias y gestiones derivadas de la huelga y como máximo hasta el 40% de los efectivos de cada turno.
-Suministros: el número imprescindible para garantizar los pedidos urgentes y hasta un máximo del 25% de los efectivos de cada turno.
-Almacén: el número imprescindible para la gestión del almacén y hasta el 25% de los efectivos de cada turno.
-Contabilidad: el número imprescindible para las gestiones urgentes y hasta un 25% de los efectivos de cada turno.
XII. Otras áreas de trabajo o servicios: se establecerá, con carácter general, un número equivalente a los de domingos o festivos.
La determinación de los profesionales necesarios se hará en cada centro por categoría profesional y su fijación debe estar adecuadamente motivada. La justificación debe obrar en el expediente de determinación de mínimos de cada centro y debe exteriorizarse adecuamente para general conocimiento de los destinatarios. Deberá quedar constancia en el expediente de determinación de mínimos de cada centro, los factores o criterios de los cuales su ponderación conduce a determinar las prestaciones mínimas.
Los profesionales necesarios para la cobertura de los servicios mínimos, deberán ser publicados en los tablones de anuncios de cada centro, al menos con 48 horas de antelación a la fecha de la huelga.
Con tales premisas se determina, en el anexo III de esta resolución, por grupos profesionales e instituciones sanitarias públicas o privadas con población vinculada, el número de servicios mínimos del persoal de los centros afectados por la determinación de servicios mínimos.
Artículo 2º.-La designación nominal, que deberá recaer en los profesionales con carácter rotatorio, será determinada por el director-gerente del centro y notificada a los profesionais designados.
El profesional designado que desee ejercer su derecho de huelga poderá instar la substitución de su designación por otro profesional que voluntariamente acepte el cambio de manera expresa.
Artículo 3º.-Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios mínimos determinados en el anexo, así como los expuestos en los tablones de anuncios de cada centro, serán considerados ilegales a efectos de lo establecido en el artículo 16.1º del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo (BOE nº 58, del 9 de marzo).
Artículo 4º.-Lo dispuesto en los artículos anteriores non significará ningún tipo de limitación de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en esta situación, ni tampoco sobre la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Artículo 5º.-Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, se deberán observar las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los usuarios de los establecemientos sanitarios.
Artículo 6º.-Las empresas privadas autorizadas por la Consellería de Sanidad, que prestan servicios en el ámbito de la sanidad de Galicia, deberán fijar el personal necesario para garantizar la prestación de reconocida e inaplazable necesidad de acuerdo con los criterios y demás disposiciones determinadas en esta orden.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 14 de junio de 2002.
José Mª Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad
ANEXO I
Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia-061.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias (1*) 12+2(1*) 12+2(1*) 9
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 9 9 7
-Personal no sanitario Servicios centrales 4 Otros (2*) 7+4 (2*) 7+5 (2*) 5 Otros (3*) 206 206 200
1(*) A los doce trabajadores del turno de mañana hay que sumar otros dos, uno de ellos en turno de 10 a 15 horas y otro de 10 a 18 horas.
A los doce trabajadores del turno de tarde hay que sumar otros dos, uno de ellos en turno de 15 a 23 horas y otro de 18 a 1 horas.
2(*) Personal indirecto de la Central de Coordinación (telemárketing). A los siete trabajadores del turno de mañana hay que sumar otros cuatro, uno de ellos en turno de 8 a 16 horas, dos de 10 a 16 horas y uno más de 10 a 17 horas.
A los siete trabajadores de turno de tarde hay que sumar otros cinco, dos de ellos de 16 a 24 horas, uno más de 17 a 24 horas y dos más de 22 a 2 horas.
3(*) Personal indirecto de las bases (técnicos de transporte sanitario y pilotos). Suman un total de 406 personas: en las 100 ambulancias hay 2 turnos de 2 personas cada uno, total 400; en los 2 helicópteros hay 3 personas en cada uno, total 6 personas.
ANEXO II
Fundación Centro de Transfusiones de Galicia.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Responsables área 2 Hemodonación 10 14
-Personal sanitario no facultativo Control calidad 1 1 HLA 2 1 Criobiología 1 1 Procesamiento 2 1 1 Fraccionamiento 3 3 1 Hemodonación 15 23
-Personal no sanitario Administración 7 1 Promoción 1 Hemodonación 5 9
ANEXO III
Provincia de A Coruña
Centro: Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 10 9 6 Área quirúrgica 52 29 29 Área clínica 45 21 21 Servicios centrales 24 14 12
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 19 19 16 Área quirúrgica 25 13 9 Área hospitalaria 223 158 115 Servicios centrales 46 28 12 Consultas 12 Unidades especiales 54 45 14
-Personal no sanitario Urgencias 8 8 6 Área quirúrgica 1 2 1 Área hospitalaria 31 25 17 Servicios centrales 10 8 4 Otros 61 56 5
Centro: Complejo Hospitalario Juan Canalejo-Marítimo Oza de A Coruña.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 7 8 6 Área quirúrgica 40 33 33 Área clínica 75 37 37 Servicios centrales 25 11 11
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 32 31 23 Área quirúrgica 79 29 12 Área hospitalaria 164 127 102 Servicios centrales 53 19 10 Consultas 6 2 0 Unidades especiales 84 66 57
-Personal no sanitario Urgencias 15 14 10 Área quirúrgica 12 7 2 Área hospitalaria 23 17 11 Servicios centrales 133 83 7 Otros 22 2 0
Centro: Complejo Hospitalario Arquitecto Marcide-Novoa Santos de Ferrol.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 4 3 2 Área quirúrgica 19 13 13 Área clínica 15 8 8 Servicios centrales 11 3 3
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 6 6 6 Área quirúrgica 6 3 3 Área hospitalaria 51 41 33 Servicios centrales 10 4 4 Consultas 12 3 Unidades especiales 12 7 7
-Personal no sanitario Urgencias 4 4 8 Área quirúrgica 2 1 Área hospitalaria 6 4 Servicios centrales 54 32 6
Centro: Fundación Pública Hospital da Barbanza.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 4 4 3 Área quirúrgica 4 4 4 Área clínica 3 2 2 Servicios centrales 4 3 3
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 7 7 5 Área quirúrgica 5 5 4 Área hospitalaria 14 9 7 Servicios centrales 2 2 2 Consultas 2 2 0 Unidades especiales
-Personal no sanitario Urgencias 1 1 1 Otros 6 2 0
Centro: Hospital General Juan Cardona.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 1 1 1 Área quirúrgica 4 4 4 Área clínica 3 3 2 Servicios centrales 2 2 2
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 3 3 3 Área quirúrgica 2 2 2 Área hospitalaria 37 35 15 Servicios centrales 2 2 2 Unidades especiales 6 6
-Personal no sanitario Urgencias 1 Área quirúrgica 1 Área hospitalaria 9 2 1 Servicios centrales 16 14 1 Otros 4 3
Centro: Fundación Pública Hospital Virxe da Xunqueira.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 3 2 2 Área quirúrgica 8 (4*)4 (4*)4 Área clínica 4 (1*)1 (1*)1 Servicios centrales 1 (1*)1 (1*)1
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal sanitario no facultativo Urgencias (5+1*) 6 (4+1*) 5 (2+1*) 3 Área quirúrgica 5 (2+3*)5 (2+3*) 5 Área hospitalaria 12 8 6 Servicios centrales 3 2 (1+1*)2 Consultas 2 2 Unidades especiales 2
-Personal no sanitario Urgencias 1 Servicios centrales 5 (1+1*)2 (1*)1 Otros ** 12 9 (1+1*)2
* Localizados.
* Empresas externas.
Centro: Centro Oncológico de Galicia.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 1 1 1 Área quirúrgica 1 1 0 Área clínica 2 1 0 Servicios centrales 4 0 0
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 0 0 0 Área quirúrgica 1 0 0 Área hospitalaria 4 4 3 Servicios centrales 6 2 1 Consultas 2 1 0 Unidades especiales 4 2 0
-Personal no sanitario Urgencias 0 0 0 Área quirúrgica 0 0 0 Área hospitalaria 2 2 0 Servicios centrales 11 5 0 Otros 1 0 0
Centro: Gerencia de Atención Primaria de Santiago de Compostela.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
Personal facultativo 77 33 22
Personal sanitario no facultativo 60 32 22
Personal no sanitario 49 21 10
Centro: Gerencia de Atención Primaria de A Coruña-Ferrol.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
Personal facultativo 63 26 12
Personal sanitario no facultativo 74 24 10
Persoal no sanitario 59 20 4
Centro: Gerencia de Atención Primaria de A Coruña-Ferrol (Área de A Coruña).
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
Personal facultativo 146 57 22
Personal sanitario no facultativo 128 48 17
Personal no sanitario 82 37 13
Centro: Fundación Instituto Galego de Oftalmoloxía.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Área clínica 3
-Personal sanitario no facultativo Consultas 1
-Personal no sanitario Área hospitalaria 2
Provincia de Lugo
Centro: Complejo Hospitalario Xeral-Calde de Lugo.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 7 8 6 Área quirúrgica 25 13 13 Área clínica 38 9 9 Servicios centrales 28 8 7
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 12 12 9 Área quirúrgica 6 6 6 Área hospitalaria 77 57 49 Servicios centrales 42 15 8 Consultas 14 1 Unidades especiales 54 36 23
-Personal no sanitario Urgencias 7 7 8 Área quirúrgica 2 1 Área hospitalaria 19 15 7 Servicios centrales 4 3 0 Otros* 70 39 6
Centro: Hospital Comarcal de Monforte de Lemos.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 2 2 2 Área quirúrgica 11 11 10 Área clínica 8 2 2 Servicios centrales 7 3 3
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 3 3 3 Área quirúrgica 7 4 4 Área hospitalaria 10 10 10 Servicios centrales 8 4 4 Consultas 10 0 0 Unidades especiales 2 1 0
-Personal no sanitario Urgencias 2 2 2 Área quirúrgica 1 1 0 Área hospitalaria 3 1 1 Servicios centrales 6 0 0 Otros 14 10 2
Centro: Hospital da Costa de Burela.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 3 3 2 Área quirúrgica 11 11 11 Área clínica 4 2 2 Servicios centrales 5 2 2
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 5 5 3 Área quirúrgica 6 3 2 Área hospitalaria 18 18 12 Servicios centrales 10 3 2 Consultas 5 0 0 Unidades especiales 5 4 4
-Persoal no sanitario Urgencias 3 3 3 Área quirúrgica Área hospitalaria 5 3 Servicios centrales 3 Otros 20 10 2
Centro: Gerencia de Atención Primaria de Lugo.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
Personal facultativo 138 42 34
Personal sanitario no facultativo 137 41 42
Personal no sanitario 106 22 11
Provincia de Ourense
Centro: Complejo Hospitalario de Ourense.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 9 6 4 Área quirúrgica 38 14+6 localizadas 14+6 localizadas Área clínica 48 14+2 localizadas 11+3 localizadas Servicios centrales 23 5+2 localizadas 4+3 localizadas
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 14 14 13 Área quirúrgica 27 19 16 Área hospitalaria 150 107 80 Servicios centrales 55 18 9 Consultas 15 - Unidades especiales 30 27 22
-Personal no sanitario Urgencias 14 17 14 Área quirúrgica 11 3 3 Área hospitalaria 33 11 7 Servicios centrales 47 11 4 Otros 100 58 8
Centro: Hospital do Barco de Valdeorras.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 2 2 2 Área quirúrgica 8 4 4 Área clínica 5 4 4 Servicios centrales 4 4 3
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 4 4 3 Área quirúrgica 4 4 4 Área hospitalaria 12 12 7 Servicios centrales 7 6 3 Consultas 7 0 0 Unidades especiales 4 2 2
-Personal no sanitario Urgencias 3 2 2 Área quirúrgica 1 1 0 Área hospitalaria 4 2 1 Servicios centrales 22 8 1
Centro: Gerencia de Atención Primaria de Ourense.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
Personal facultativo 120 35 25
Personal sanitario no facultativo 154 27 19
Personal no sanitario 78 19 14
Centro: Fundación Hospital Verín.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 2 2 1 Área quirúrgica 7 4 4 Área clínica 6 2 2 Servicios centrales 3 2 2
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 3 2 1 Área quirúrgica 4 2 2 Área hospitalaria 8 8 4 Servicios centrales 4 3 2 Consultas 2 2
-Personal no sanitario Servicios centrales 1 Otros 10 1
Provincia de Pontevedra
Centro: Hospital do Meixoeiro.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 100% 100% 100% Área quirúrgica 19 * * Área clínica 16 * * Servicios centrales 22 * *
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 7 7 6 Área quirúrgica 16 6 3 Área hospitalaria 47 47 31 Servicios centrales 56 12 7 Consultas 14 - - Unidades especiales 8 8 8
-Personal no sanitario Urgencias 6 7 5 Área quirúrgica 3 2 1 Área hospitalaria 12 7 4 Servicios centrales 15 3 Otros 51+16**+2*** 29+16** 2
* En aquellos servicios en los que se realizan guardias médicas la cobertura será del 100%.
** Personal de cocina: 2 cocineros/as, 4 ayudantes de cocina y 10 camareros/as.
*** Personal de informática, 2 efectivos.
-Contrata de limpieza, Amalis, S.A.:
Mañana: 17 limpiadoras, 5 peones.
Tarde: 17 limpiadoras, 3 peones.
Noche: 1 limpiadora.
-Contrata de cafetería, Maconsi, S.L.
Mañana: 3 camareros, 4 ayudantes de camarero, 1 cocinero, 1 cajera y 2 ayudantes de cocina.
Tarde: 1 camarero, 2 ayudantes camarero, 1 cajera y 1 ayudante de cocina.
Centro: Complejo Hospitalario de Pontevedra.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 7 3 Guardias Área quirúrgica 32 Guardias Guardias Área clínica 29 Guardias Guardias Servicios centrales 19 Guardias Guardias
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 15 15 11 Área quirúrgica 39 33 26 Área hospitalaria 57 46 41 Servicios centrales 33 23 15 Consultas 2 0 0 Unidades especiales 9 8 7
-Personal no sanitario Urgencias 6 9 6 Área quirúrgica 4 4 1 Área hospitalaria 22 20 7 Servicios centrales 4 3 0 Otros 55 32 8
Personal empresas concertadas:-Limpieza: mañana: 53; noche: 2.-Cocina: mañana: 9; tarde: 8.-Servicio móvil: mañana: 2; tarde: 2.-Electromedicina: mañana: 2; tarde: 2.
Centro: Complejo Hospitalario Xeral-Cíes de Vigo.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
de guardia de guardia de guardia de guardia de guardia de guardia
-Personal facultativo Urgencias 6 4 3 Área quirúrgica 20 Personal
Personal
Área clínica 28 Personal
Personal
Servicios centrales 17 Personal
Personal
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 14 13 10 Área quirúrgica 23 20 14 Área hospitalaria 104 80 64 Servicios centrales 53 19 6 Consultas 11 1 - Unidades especiales 40 26 20
-Personal no sanitario Urgencias 9 10 7 Área quirúrgica 4 3 2 Servicios centrales 4 2 - Otros 111 77 12
Centro: Hospital Nicolás Peña.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
ción/p.g.d.p.c.mama) 9 1 1
-Personal facultativo Área clínica 2 1 1 Servicios centrales 4 0 0
-Personal sanitario no faculativo Área quirúrgica 0 0 0 Area hospitalaria 14 13 7 Servicios centrales 6 0 0 Unidades especiales (p.g.d.p.c.mama) 1 0 0
-Personal no sanitario Área hospitalaria 2 2 2 Servicios centrales 1 0 0 Otros (administración/recep-
Centro: Fundación Pública Hospital Salnés.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Urgencias 3 3 2 Área quirúrgica 4 4 4 Área clínica 2 2 2 Servicios centrales 2 2 2
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal sanitario no facultativo Urgencias 6 5 4 Área quirúrgica 4 4 4 Área hospitalaria 13 8 7 Servicios centrales 2 2 2
-Personal no sanitario Urgencias 3 2 1
Centro: Hospital de la Cruz Roja de Vigo.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
-Personal facultativo Área clínica 1 1 1
-Personal sanitario no facultativo Área hospitalaria 7 6 4
-Personal no sanitario Área hospitalaria 10 4
Centro: Gerencia de Atención Primaria Pontevedra-Vigo (Área Pontevedra).
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
Personal facultativo 82 32 20
Personal sanitario no facultativo 73 25 18
Personal no sanitario 62 32 11
Centro: Gerencia de Atención Primaria de Vigo.
Nº de efectivos de servicios mínimos
Categoría/servicio Mañana Tarde Noche
Personal facultativo 76 44 19
Personal sanitario no facultativo 71 31 14
Personal no sanitario 70 33 15
Centro: Policlínico Vigo, S.A. (Povisa), Vigo-Pontevedra.
-Servicios de hostelería.
Cafetería: sin servicios mínimos.
Autoservicio: sin servicios mínimos.
Almacén: un almacenero.
Cocina: personal de domingos.
Limpieza: personal de domingos.
Limpieza nefrología: personal habitual.
Limpieza urxencias-UCO: personal habitual.
Limpieza UVI: personal habitual.
Limpieza clínica de día: personal habitual.
Limpieza quirófano: personal habitual.
Camareras: personal de domingos.
Lencería: sin servicios mínimos:
-Enfermería:
Plantas de hospitalización: personal de domingos.
Nefrología: personal habitual.
Hospital de día de quimioterapia: personal habitual.
Consultas ambulatorias: 50% del personal habitual.
Quirófano y post-operatorio: personal habitual.
Matronas: personal habitual.
Urgencias-UCO: personal habitual.
UVI: personal habitual.
Clínica Colón: sin servicios mínimos.
Quemados: personal habitual.
Servicios de Cangas: sin servicios mínimos.
HADO: personal habitual.
Clínica de día: personal habitual.
-Servicios centrales:
Laboratorio: personal de sábados.
Bacteriología: sin servicios míninos.
Anatomía patológica: un técnico.
Farmacia: una enfermera en quimio y una auxiliar.
Rehabilitación: personal de domingos.
Logopedia: sin servicios mínimos.
Radioloxía general: personal de domingos.
Mamografías: un técnico mañana y tarde.
Ecografías: sin servicios mínimos.
TAC: un técnico mañana y tarde.
RMN: un técnico mañana y tarde.
Radioterapia: personal habitual.
Medicina nuclear: personal habitual.
-Administrativos:
Administración: sin servicios mínimos.
Personal: dos administrativos.
Compras: sin servicios mínimos.
Citas telefónicas: sin servicios mínimos.
Secretaría clínica: sin servicios mínimos.
Archivo: dos administrativos de mañana y tarde.
UCAS: un administrativo de mañana y tarde.
1ª planta: dos administrativos de mañana y uno de tarde.
Policlínica interior: un administrativo de mañana y tarde.
2ª planta: un administrativo de mañana y tarde.
Recepción central: un administrativo de mañana y tarde y un turno partido.
Dirección general: un administrativo.
Laboratorio: sin servicios mínimos.
Rayos: un administrativo de mañana.
Biblioteca: sin servicios mínimos.
-Servicios generales:
Mantenimiento: personal de domingos.
Control de visitas: personal de domingos.
Telefonistas: personal de domingos.
Informática: un informático a turno partido.
Microinformática: un microinformático a turno partido.
Ordenanzas: sin servicios mínimos.
-Servicios médicos:
Plantas de hospitalización: personal de sábados.
Nefrología: personal habitual.
Consultas ambulatorias: 50% del personal habitual.
Quirófano y post-operatorio: personal habitual.
Urgencias-UCO: personal habitual.
UVI: personal habitual.
Quemados: personal habitual.
HADO: personal habitual.
Clínica de día: personal habitual.
Laboratorio: personal de sábados.
Anatomía patológica: personal de sábados.
Farmacia: personal de sábados.
Radiología general: personal de sábados.
Radioterapia: personal habitual.
Medicina nuclear: personal habitual.
(Estos servicios fueron pactados con el comité de empresa del centro).
Vigo, Ourense y Santiago de Compostela.
Centro: MEDTEC, S.A.
Servicio Noche 14 junio Mañana 15 junio Tarde 15 junio
Cardiología intervencionista 1 médico localizado 1 médico 1 médico localizado
1 ATS localizado 2 ATS 1 ATS localizado
1 auxiliar de clínica localizado 1 auxiliar de clínica 1 auxiliar de clínica localizado
1 auxiliar sanitario
Cirugía cardíaca (quirófano) 2 cirujanos localizados 2 cirujanos 2 cirujanos localizados
1 ATS instrumentista localizado 1 ATS instrumentista 1 ATS instrumentista localizado
1 ATS perfusionista localizado 1 ATS perfusionista 1 ATS perfusionista localizado
1 ATS circulante localizado 1 ATS cirulante 1 ATS circulante localizado
1 auxiliar de clínica localizado 1 auxiliar de clínica 1 auxiliar de clínica localizado
1 auxiliar sanitario localizado 1 auxiliar sanitario 1 auxiliar sanitario localizado
1 administrativo (cardiología cirugía)
1 coordinador ATS
Reanimación 2 ATS 3 ATS 3 ATS
2 auxiliares de clínica 2 auxiliares de clínica 2 auxiliares de clínica
1 auxiliar sanitario 1 auxiliar sanitario
Diagnóstico por imagen 1 médico localizado 1 médico 1 médico
1 técnico localizado 1 técnico 1 técnico
1 administrativo 1 administrativo
1 auxiliar sanitario 1 auxiliar sanitario
Medicina nuclear 1 auxiliar de clínica 1 médico
1 técnico
1 ATS
1 auxiliar sanitario
Medicina nuclear Ourense 1 médico
1 técnico
1 ATS
1 administrativo
1 auxiliar sanitario
Radiofísica 2 físicos 1 físico
Radioterapia 1 médico 2 médicos 1 médicos
3 técnicos (aceleradores) 4 técnicos (aceleradores) 4 técnicos (aceleradores)
1 ATS (aceleradores) 1 ATS (aceleradores) 1 ATS (aceleradores)
1 administrativo 1 administrativo
1 auxiliar sanitario 1 auxiliar sanitario 1 auxiliar sanitario
Estructura administrativa (Vigo) 1 administrativo (recepción) 1 administrativo (recepción)
1 administrativo (apoyo) 1 administrativo (apoyo)
ANEXO IV
A) Provincia de A Coruña.
-Clínica Tilve S.L.:
Personal facultativo: 3.
Personal sanitario no facultativo: 5.
-Instituto Médico Quirúrgico San Rafael, S.A.:
Personal facultativo: 43.
Personal sanitario no facultativo: 95.
Personal no sanitario: 70.
-Sanatorio Nuestra Señora de la Esperanza:
Personal facultativo: 3.
Personal sanitario no facultativo: 17.
Personal no sanitario: 14.
-Hospital Santa Teresa:
Personal facultativo: 21.
Personal sanitario no facultativo: 67.
Personal no sanitario: 59.
-Instituto Policlínico La Rosaleda (Santiago de Compostela):
Personal facultativo: 15+1 localizado.
Personal sanitario no facultativo: 31.
Personal no sanitario: 21.
B) Provincia de Lugo.
-Policlínico Lucense, S.A. (Polusa):
Personal facultativo: 21.
Personal sanitario no facultativo: 39.
Personal no sanitario: 17.
-Centro Residencial e Rehabilitador San Rafael:
Personal facultativo: 3.
Personal sanitario no facultativo: 22.
Personal no sanitario: 23.
C) Provincia de Ourense.
-Centro Médico El Carmen:
Personal facultativo 15+9 localizadas.
Personal sanitario no facultativo: 37+4 localizadas.
Personal no sanitario: 13.
C) Provincia de Pontevedra.
-Sanatorio Marescot, S.L.:
Personal facultativo: 3.
Personal sanitario no facultativo: 8.
Personal no sanitario: 6.
-Sanatorio Nuestra Señora de la Merced, S.L.:
Personal facultativo: 6.
Personal sanitario no facultativo: 16.
Personal no sanitario: 21.
-Centro Médico El Castro Vigo, S.A.
Clínica Nuestra Señora del Perpetuo Socorro:
Personal facultativo: 25.
Personal sanitario no facultativo: 37.
Personal no sanitario: 27.
-Hospital Miguel Domínguez:
Personal facultativo: 21.
Personal sanitario no facultativo: 61.
Personal no sanitario: 27.
-Clínica Fátima:
Personal facultativo: 20.
Personal sanitario no facultativo: 69.
Personal no sanitario: 47.
-Centro Médico Pintado, S.L.:
Personal facultativo: 22.
Personal sanitario no facultativo: 10.
Personal no sanitario: 11.
-Fremap Centro de Rehabilitación:
Personal facultativo: 7.
Personal sanitario no facultativo: 7.
Personal no sanitario: 5.