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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Lunes, 17 de junio de 2002 Pág. 9.138

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 10 de junio de 2002 por la que se clasifica como benéfico-social la Fundación Formación e Xestión Galega.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Formación e Xestión Galega, con domicilio en A Coruña.

Supuestos de hecho:

1. Juan Carlos Prado Patiño, en calidad de presidente de la fundación, en escrito de 3 de mayo de 2002, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Ordes, el día 2 de mayo de 2002, ante el notario Jesús María Rodríguez Vázquez, con el número cuatrocientos de su protocolo por Juan Carlos Prado Patiño, Carlos Luis Sieira Romero, Juliana Pastora Romero Vázquez y María Aurora Patiño Rial; intervienen en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos el objeto de la fundación es cubrir necesidades sociales a todo tipo de colectivos, la formación y consultoría en todos sus ámbitos: ocupacional, profesional, reglada y orientación laboral o profesional.

4. El patronato de la fundación estará integrado por Juan Carlos Prado Patiño como presidente, Carlos Luis Sieira Romero como secretario y Juliana Pastora Romero Vázquez y María Aurora Patiño Rial como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como benéfico-social de la Fundación Formación e Xestión Galega, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico-social y su adscripción a la Consellería de Asuntos Sociales.

Fundamentos de derecho:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º.c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 4 de junio de 2002.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como benéfico-social la Fundación Formación e Xestión Galega adscribiéndola a la Consellería de Asuntos Sociales, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 10 de junio de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública