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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Miercoles, 05 de junio de 2002 Pág. 8.476

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 29 de mayo de 2002 por la que se modifica la de 20 de noviembre de 2001, por la que se establecen ayudas periódicas de prevención y apoyo a familias para la integración del menor.

La Orden de 20 de noviembre de 2001 (DOG nº 229, del 27 de noviembre), de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, regula las ayudas periódicas de prevención y apoyo a familias para la integración del menor. En su exposición de motivos se establece que en los presupuestos generales de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo Mujer y Juventud para el ejercicio 2002, en la aplicación 14.02.212A.482.0, normalmente iba a existir crédito adecuado y suficiente para dichas ayudas, reservándose para tal efecto un crédito de 1.974.943,81 euros.

En fecha 29 de abril de 2002 fue aprobada por el Parlamento gallego la Ley 2/2002, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2002 (DOG nº 84, del 2 de mayo), consignándose en la aplicación referida un crédito de 2.287.913 euros destinados a dichas ayudas, por lo que se considera adecuado modificar la orden de ayudas en lo que respecta a la cuantía dedicada para la financiación, que resulta incrementada hasta la cantidad señalada en la Ley de presupuestos del ejercicio 2002.

De acuerdo con todo lo anterior y en el ejercicio de las facultades que tengo atribuidas,

DISPONGO:

Artículo único.-Modificar el párrafo octavo de la exposición de motivos de la Orden de 20 de noviembre de 2001, por la que se establecen ayudas periódicas de prevención y apoyo a familias para la integración del menor, quedando la nueva redacción de la forma siguiente:

«En los presupuestos generales de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud para el ejercicio 2002 , en la aplicación 14.02.212A.482.0 para las ayudas que se establecen en esta orden, se reserva a tal efecto un crédito de 2.287.913 euros».

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la directora general de Familia para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2002.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia y Promoción del Empleo,

Mujer y Juventud