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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 03 de junio de 2002 Pág. 7.995

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 23 de mayo de 2002 por la que se clasifica como benéfico-social la Fundación Galega Contra o Narcotráfico.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Galega Contra o Narcotráfico, con domicilio en Vilagarcía de Arousa.

Supuestos de hecho.

1. José Luis Nogueira Rodríguez en calidad de presidente de la fundación, en escrito de veintidós de abril de 2002 formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Vilagarcía de Arousa, el día veinticuatro de enero de 2002 ante el notario Manuel Remuñán López, con el número ciento cincuenta y uno de su protocolo por Felipe Teijeiro Suárez, José Luis Nogueira Rodríguez, Manuel Soliño Bermúdez, Manuel Antonio Couceiro Cachaldora, Francisco Javier Redondo Penide, Roberto Eduardo Rietz López, Manuel Isorna Folgar, Ambrosio Fontes Tobio, José Castro Ratón, César Luis Gil Cons, Carlos Méndez Míguez, Ángel Benito Pérez Dorgambide, José Carlos Prieto Meléndez, Daniel Espiño Otero, Ramiro Garaboa Penide, Francisco Javier Villaronga Fuster, Paula Janza Muñiz, María Beatriz González Loroño y Constantino Badín Barreiro; intervienen en su propio nombre y José Luis Nogueira Rodríguez además en representación, como presidente, de la asociación Plataforma Galega Contra o Narcotráfico y como mandatario verbal de Serafín López Viglerio, Joaquín Javier Gago López y Manuel Santos Ruiz Rivas.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos el objeto de la fundación es luchar contra el tráfico ilícito de drogas y sus consecuencias, a través de un teléfono antidroga de denuncia, prevención y ayuda al drogodependiente; colaboración permanente con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, celebración de jornadas y foros de debate, propuestas legislativas y otras actividades.

4. El patronato de la fundación estará integrado por Felipe Teijeiro Suárez como presidente de honor, José Luis Nogueira Rodríguez como presidente, Manuel Soliño Bermúdez como vicepresidente primero, Manuel Antonio Couceiro Cachaldora como vicepresidente segundo, Francisco Javier Redondo Penide como secretario, Roberto Eduardo Rietz López como tesorero, Serafín López Viglerio como vicetesorero y Manuel Isorna Folgar, Ambrosio Fontes Tobio, José Castro Ratón, César Luis Gil Cons, Joaquín Javier Gago López, Carlos Méndez Míguez, Ángel Benito Pérez Dorgambide, José Carlos Prieto Meléndez, Daniel Espiño Otero, Ramiro Garaboa Penide, Manuel

Santos Ruiz Rivas, Francisco Javier Villaronga Fuster, Paula Janza Muñiz, María Beatriz González Loroño y Constantino Badín Barreiro como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública propuesta de clasificación como benéfico-social de la Fundación Galega Contra o Narcotráfico dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico-social y su adscripción a la Consellería de Sanidad.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 21 de mayo de 2002.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como benéfico-social la Fundación Galega Contra o Narcotráfico adscribiéndola a la Consellería de Sanidad, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia

y Administración Pública