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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 31 de mayo de 2002 Pág. 7.956

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (147/2002).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio:

En autos seguidos ante este Juzgado de lo Social, tramitados bajo el número 147/2002, a instancia de Rosa María Juncal Vilela, contra la empresa Rediscarta Galicia, S.L., sobre despido, se dictó la siguiente sentencia:

«En A Coruña, 25 de abril de 2002.

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 147/2002, seguidos a instancia de Rosa María Juncal Vilela, mayor de edad, asistida por el letrado Felipe Martínez Ramonde, contra la empresa Rediscarta Galicia, S.L., que no ha comparecido en autos, siendo el objeto de la reclamación despido.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que estimando la demanda interpuesta por Rosa María Juncal Vilela, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa Rediscarta Galicia, S.L. y extinguida la relación laboral entre las partes, condenando a la empresa a que abone a la actora la cantidad de 593,36 euros en concepto de indemnización, más 981,15 euros por salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia; y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita, deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad, con el número de cuenta 5603, clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y, asimismo, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la cantidad de 150,25 euros en

concepto de depósito, en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Rediscarta Galicia, S.L., de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente en A Coruña, 26 de abril de 2002.

El secretario judicial

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