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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 31 de mayo de 2002 Pág. 7.924

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

ORDEN de 29 de mayo de 2002 sobre delegación de competencias en el director general de Administración Local.

La Ley 3/2002, de 29 de abril, de medidas de régimen fiscal y administrativo, en su título II Normas en materia de función pública, dedica su artículo 6 a los funcionarios de la Administración local, añadiendo un artículo 13 bis a la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, que queda redactado de la siguiente forma «Le corresponde al conselleiro competente en materia de Administración local ejercer las competencias que, respecto de los funcionarios de Administración con habilitación de carácter nacional, le correspondan a la Comunidad Autónoma de Galicia».

La actividad administrativa de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales lleva consigo una concentración de funciones, entre otras las correspondientes al campo de la Administración Local, alrededor de su titular que aconseja, dado su volumen, recurrir a la delegación de competencias en el director general de Administración local, sin olvidar el debido respecto a los principios que informan la actividad administrativa y que nuestra Constitución recoge en su artículo 103.1º.

La delegación de competencias permite la agilización administrativa necesaria que redunda en beneficio tanto de la Administración como de los administrados, dentro del más riguroso respeto de las garantías jurídicas que la tutela de los intereses públicos exige.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confieren los artículos 38, 43.3º e 44 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se delega en el director general de Administración Local el ejercicio de las competencias que, respecto

a los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, correspondan al conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Artículo 2º

El ejercicio de estas competencias delegadas se ajustará a lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2002.

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales