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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Martes, 14 de mayo de 2002 Pág. 6.986

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

ORDEN de 6 de mayo de 2002 por la que se convocan becas para la realización de prácticas en oficinas de información y promoción turística.

Debido a la gran importancia que el sector turístico tiene en el desarrollo de nuestra economía, se requiere que, por parte de las administraciones públicas, se dediquen recursos para generar iniciativas con tendencia a mejorar cada día el sector para así mantener la demanda existente e incrementarla en todo lo que sea posible.

La Xunta de Galicia, a través de su Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo está adoptando una serie de iniciativas para alcanzar los fines señalados. Entre estas medidas está la de favorecer que los estudiantes y titulados de técnicos de empresas y actividades turísticas y los técnicos superiores en información y comercialización turísticas accedan a prácticas en las oficinas de información de turismo dependientes de la Xunta, así como en otras oficinas dedicadas a la promoción de nuevos productos y actividades turísticas actualmente en auge dentro de nuestra Comunidad Autónoma. Con esto se contribuye directamente tanto a la formación de los técnicos como a la mejora del servicio de atención al turista, lo cual

repercutirá de modo decisivo en una mayor satisfacción e incremento de la demanda.

Por todo esto y conforme a lo establecido sobre medidas de fomento en el artículo 73 de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia, en concordancia con lo señalado en el artículo 74 de dicha ley, y teniendo en cuenta las determinaciones de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por la de 27 de noviembre de 2000 e por la de 25 de octubre de 2001, esta consellería realiza una convocatoria de becas para la realización de prácticas en oficinas de información y promoción turísticas de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

Se convocan 19 becas para la realización durante el verano de prácticas de promoción e información turística, una para la Fundación Aquae Querquernae-Vía Nova (en adelante Fundación Aquae) situada en el Ayuntamiento de Bande, otra para la oficina de la Asociación Gallega de Acitividades Náuticas (en adelante Agán) en Santiago de Compostela, y las demás distribuidas entre las oficinas de información turística que la Xunta de Galicia tiene dedicadas a tal actividad, en las localidades de A Coruña (2), Santiago de Compostela (2), Lugo (2), Vigo (2), Ourense (2), O Carballiño (1), Ferrol (1), Ribeira (1), Ribadeo (1), Pontevedra (1), Tui (1) y Vilagarcía de Arousa (1).

La duración de las becas es la que se refleja en el cuadro siguiente:

Nº de becariosOficinaMesesDías

2Santiago31 julio/30 septiembre
2Vigo31 julio/30 septiembre
2A Coruña31 julio/30 septiembre
2Lugo21 julio/31 agosto
2Ourense21 julio/31 agosto
1Pontevedra21 julio/31 agosto
1Vilagarcía21 julio/31 agosto
1Tui21 julio/31 agosto
1Ferrol21 julio/31 agosto
1Ribeira21 julio/31 agosto
1O Carballiño21 julio/31 agosto
1Ribadeo21 julio/31 agosto
1Agán (Santiago)41 julio/31 octubre
1F. Aquae (Bande)41 julio/31 octubre

Segunda.-Beneficiarios y naturaleza jurídica de la relación.

1. Pueden optar a las becas de prácticas en las oficinas de información turística los técnicos superiores en información y comercialización turísticas, los estudiantes de la diplomatura de turismo y los diplomados y técnicos de empresas y actividades turísticas, siempre que hayan nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1973 y no hayan sido adjudicatarios de esta misma beca en dos o más ediciones anteriores.

2. A la beca para la realización de prácticas en las oficinas de la Fundación Aquae y de Agán, también podrán optar los titulados superiores nacidos después de 31 de diciembre de 1973.

3. La condición de becario/a en virtud de la presente orden no generará ningún tipo de relación de carácter laboral ni contractual y tampoco dará lugar a su inclusión en la Seguridad Social.

Tercera.-Crédito presupuestario y dotación de las becas.

Para la concesión de estas becas se destinará hasta un máximo de treinta y siete mil quinientos treinta y dos (37.532) euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 10.05.751A.480.0.

La dotación económica de cada beca será de setecientos ochenta y un euros con noventa y un céntimos (781,91) brutos mensuales. Cada beca comprenderá, además, un seguro individual de accidentes.

Cuarta.-Condiciones generales de las becas.

1. El contenido de las tareas que realizarán los becarios consiste:

a) En el caso de las becas de prácticas en las oficinas turísticas, en actividades relacionadas con la información a turistas y viajeros sobre alojamiento, transporte, espectáculos, gastronomía, bibliotecas, archivos, museos, ferias, fiestas, romerías, exposiciones y servicios en general, así como cualquier otra manifestación que por sus características ofrezca atractivos turísticos.

b) En el caso de la beca en la Fundación Aquae, en diversas actividades relacionadas con la puesta en valor, difusión y promoción turística del complejo arqueológico de Aquis Querquennis y el itinerario turístico-cultural de la Vía Nova (XVIII) romana, que va de Braga a Astorga.

c) El/La becario/a con destino en la oficina de Agán realizará tareas relativas a la puesta en marcha y promoción de actividades que contribuyan al desarrollo del turismo náutico en nuestra Comunidad Autónoma.

2. Los beneficiarios se comprometen a la realización de dichas tareas con plena disponibilidad, cualquier día de la semana laboral o festivo, de acuerdo con las indicaciones y horario que se le señale por la correspondiente Delegación Provincial de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, con un límite de 37 horas semanales. La persona que obtenga la beca para trabajar en la Fundación Aquae y en Agán llevará a cabo el plan establecido por la Dirección General de Turismo, bajo las directrices que le marque, respectivamente, el presidente de la citada fundación y asociación.

Todos los beneficiarios serán convocados a una reunión en la Dirección Xeral de Turismo en Santiago con anterioridad al comienzo de sus prácticas y antes de que remate el periodo de la beca, realizarán un informe sobre el trabajo desarrollado, que entregarán al jefe de la oficina, el cual lo remitirá con su conformidad al Servicio Provincial de Turismo respectivo.

Quinta.-Solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes serán remitidas, conforme al modelo del anexo I, a la Dirección General de Turismo, en cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de veinte (20) días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia cotejada, por ambas caras, del DNI.

b) Curriculum vitae y fotografía.

c) Los estudiantes, certificación académica completa o fotocopia compulsada de ella, que incluya las calificaciones del curso 2001-2002

d) Los titulados, fotocopia del título o del recibo del depósito del título compulsadas y certificación académica completa o fotocopia compulsada de ella.

e) Certificaciones o fotocopias compulsadas de los diplomas de cursos y trabajos de investigación realizados, así como de las prácticas en oficinas de turismo, agencias de viajes, hoteles, campings, congresos, museos o cualquier otra actividad relacionada con el turismo o la gestión de recursos turísticos vinculados a la náutica o al patrimonio cultural.

f) Declaración jurada de las ayudas de becas solicitadas o concedidas por las administraciones públicas, o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades para el mismo periodo.

2. Los interesados no podrán presentar más de dos solicitudes.

Sexta.-Criterios de adjudicación.

1. Para la valoración de las solicitudes que se presenten para todas las oficinas, se tendrá en cuenta el siguiente baremo:

-Nota media de las calificaciones, añadiéndole 0,5 puntos por curso superado y 1 punto más a los diplomados en turismo, TEATS y titulados superiores.

-0,5 puntos por el curso de iniciación de gallego y 1 por el de perfeccionamiento o título homologado.

-1 punto por curso de idiomas superado (no se valorarán los inferiores a 70 horas).

2. A los solicitantes de las becas para prácticas en las oficinas de turismo de la Xunta, se les valorará, además, 0,25 puntos por cada mes completo de prácticas desarrollando actividades de atención al público relacionadas con el turismo, y a los que opten a las de las otras oficinas de la Fundación Aquae y de Agán, 0,25 puntos por curso realizado (de 30 horas o superior) sobre informática, promoción y gestión de recursos culturales y naúticos, o relacionados, y 0,25 por trabajos de investigación vinculados al desarrollo de cualquiera de estos dos sectores turísticos.

La comisión podrá realizar una entrevista con los aspirantes que acrediten más de 7 puntos en el anterior baremo. Versará sobre sus méritos curriculares y tendrá una duración máxima de 15 minutos. En función del contenido de la entrevista, la comisión podrá aumentar la puntuación asignada en un máximo del 20%.

3. Si una vez adjudicadas las becas surgiesen renuncias, se adjudicará automáticamente la ayuda al siguiente aspirante en puntuación, procediéndose del mismo modo en renuncias consecutivas.

Séptima.-Órganos competentes de gestión y resolución.

Las solicitudes presentadas serán valoradas con arreglo los criterios mencionados en el artículo anterior, por una comisión integrada por tres funcionarios de la Dirección General de Turismo: la subdirectora de Fomento y Cooperación, que la presidirá, el jefe de la Sección de Cooperación y Documentación y la jefa del Servicio de Formación, Cooperación Institucional y Documentación, que actuará como secretaria.

En el plazo máximo de 2 meses desde la finalización del periodo de presentación de instancias, se expondrá en los tablones de anuncios de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo la relación de solicitantes para cada una de las oficinas, con la puntuación alcanzada.

A la vista de la propuesta de resolución de la comisión de valoración, el conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo resolverá la adjudicación de las becas de conformidad con lo establecido en la presente orden. Dicha resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó o ser impugnada directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Octava.-Aceptación del beneficiario.

Una vez recibidas las notificaciones de concesión de las becas por los beneficiarios, éstos, en el plazo de cinco días naturales, comunicarán por escrito a la Dirección General de Turismo su aceptación o renuncia. En el caso de aceptación se adjuntará a la misma, certificación bancaria de la cuenta donde desea que se le abone el importe de la beca.

Si transcurridos los señalados cinco días no se hiciese manifestación en ningún sentido, tal hecho se entenderá como renuncia a la subvención, declarándose concluido el procedimiento.

Por otra parte, los beneficiarios tendrán que facilitar toda la información que les sea requerida por la Consellería, Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas o el Concejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de la beca objeto de la presente orden (artículo 78.6º i) de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia).

Novena.-Abono de las ayudas.

Las ayudas se abonarán con periodicidad mensual y en la cuantía correspondiente, una vez recibido el informe que debe emitir, respectivamente, el presidente de la Fundación Aquae, de la Asociación Galega de Actividades Náuticas y la persona competente en las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, sobre la asistencia regular a las prácticas y aprovechamiento de los adjudicatarios.

Décima.-Incidencias.

La directora general de Turismo resolverá todas las dudas e incidencias que puedan surgir en la aplicación de la presente convocatoria.

El incumplimiento de los compromisos adquiridos de acuerdo con las bases precedentes dará lugar a la revocación de la ayuda concedida y, en su caso, a la reclamación de las cantidades ya pagadas de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Asimismo, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca objecto de la presente orden y la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes privados nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Disposiciones finales

Primera.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Segunda.-Se faculta a la directora general de Turismo para dictar cuantas disposiciones considere oportunas en el desarrollo e interpretación de esta orden.

Santiago de Compostela, 6 de mayo de 2002

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura, Comunicación Social y

Turismo