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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Lunes, 13 de mayo de 2002 Pág. 6.898

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 9 de abril de 2002 por la que autoriza al centro privado Jaime Balmes de Noia (A Coruña), para impartir educación especial.

Examinado el expediente instruido a instancia del titular del centro privado Jaime Balmes de Noia (A Coruña), solicitando autorización definitiva para impartir educación especial.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo, el Real decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE del 16 de marzo), la orden ministerial de 30 de enero de 1986 (BOE del 4 de febrero), Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; Decreto 320/1996, de 26 de julio (DOG del 6 de agosto), de ordenación de la educación de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales; Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo) y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Por lo anteriormente expuesto, esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar al centro privado Jaime Balmes de Noia (A Coruña), para impartir educación especial, según se especifica en el anexo de esta orden.

Segundo.-Para las enseñanzas que se autorizan, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de abril de 2002.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Municipio: Noia.

Localidad: Noia.

Domicilio: Rasa de Arriba, 16.

Código del centro: 15010794.

Denominación: centro privado Jaime Balmes.

Titular: Colegio Jaime Balmes, S.L.

Composición resultante:

a) Centro de educación infantil: 5 unidades.

b) Centro de educación primaria: 12 unidades.

c) Centro de educación secundaria:

8 unidades de educación secundaria obligatoria.

4 unidades de bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud; y humanidades y ciencias sociales.

d) Centro de educación especial: 1 unidad (psíquicos).