De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13.2º.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, esta consellería
DISPONE:
Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la convocatoria efectuada por el presidente de la Diputación Provincial de A Coruña, para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de vicetesorero/a de dicha corporación y que se incluye como anexo de la presente orden.
Santiago de Compostela, 26 de abril de 2002.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia, Relaciones
Institucionales y Administración Pública
ANEXO
Resolución de la Presidencia de la Diputación Provincial de A Coruña, de 22 de abril de 2002, por la que se aprueba la convocatoria por el sistema de libre designación de la plaza de vicetesorero/a, reservada a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.
BASES
Aprobar la convocatoria por el sistema de libre designación del referido puesto de trabajo de vicetesorero/a, de conformidad con las siguientes bases:
1. Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de libre designación, el puesto de vicetesorero/a, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de intervención-tesorería, de acuerdo con lo previsto en el R.D. 1732/1994, de 29 de julio.
2. Descripción del puesto.
Corporación: Diputación Provincial de A Coruña.
Denominación del puesto: vicetesorero/a. Clase: primera. Reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Nivel de complemento de destino: 30.
Cuantía del complemento específico: 20.811,95 A.
3. Requisitos para su desempeño.
Serán requisitos indispensables para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto, en el caso de ser nombrado:
Estar integrado en la subescala de intervención-tesorería, categoría superior o de entrada.
Acreditar el conocimiento del idioma gallego, nivel de perfeccionamiento, mediante la presentación del certificado correspondiente, expedido por la Dirección General de Política Lingüística de la Xunta de Galicia, o certificado oficial de convalidación.
4. Solicitudes.
Se dirigirán a la Presidencia de la diputación, dentro de los 15 días siguientes a la publicación del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el artículo 28 del R.D. 1732/1994, debiendo indicarse en las mismas, además del contenido mínimo establecido en el artículo 70.1º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el número de registro personal, la situación administrativa en que se encuentre el solicitante y su destino, y deberán venir acompañadas de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para el desempeño del puesto señalados en la base 3 precedente.
5. Nombramiento.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia, en el plazo de un mes, procederá, en su caso, y tras la constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en estas bases, a dictar la resolución correspondiente, la cual deberá ser motivada y de la que dará cuenta al Pleno de la Corporación, así como traslado a la Dirección General de la Función Pública de la Xunta de Galicia y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para las Administraciones Públicas, para anotación y publicación conjunta en el BOE.
6. Toma de posesión.
Los plazos para la toma de posesión serán los mismos que los establecidos en el artículo 23 del R.D. 1732/1994, para los funcionarios con habilitación nacional nombrados en virtud del procedimiento de concurso.
7. Impugnación.
Contra la presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de esta diputación, en los términos y plazos señalados en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; o directamente recurso contencioso-administrativo en los téminos y plazos señalados en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Remitir la presente convocatoria a la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para su publicación por ésta y realización de los trámites posteriores previstos en el R.D. 1732/1994, de 29 de julio.