Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Jueves, 09 de mayo de 2002 Pág. 6.760

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DIEZ DE A CORUÑA

EDICTO (185/2001).

Yo, Enriqueta Roel Penas, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número diez de A Coruña, certifico que en los autos seguidos en este juzgado con el número 185/2001 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia.

En A Coruña, veinticuatro de octubre de dos mil uno.

Vistos por Ángel Barrallo Sánchez, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número diez de los de A Coruña y su partido, los presentes autos de divorcio, seguidos en ese juzgado con el nº 185/2001, a instancia de María Fernández Rey, representada por el/la procuradora Rilo Vaamonde y defendida por la letrada Sra. Martínez Fernández, siendo parte demandada Jim Quantim, declarada en situación legal de rebeldía.

Fallo que estimando en parte la demanda formulada por la procuradora Sra. Rilo Vaamonde, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio constituido por Jim Quantim y María Fernández Rey, celebrado en A Coruña el 7 de septiembre de 1993; con los efectos legales que ello conlleva.

Sin imposición de costas.

Notifíquese al demandado rebelde, Jim Quamtim, en la forma legalmente prevista.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este mismo juzgado en el término de cinco (5) días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste a los efectos oportunos, y sirva de notificación al demandado rebelde Jim Quantim, expido el presente edicto en A Coruña a 24 de octubre de 2001.

La secretaria judicial

Rubricado