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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Miercoles, 24 de abril de 2002 Pág. 5.658

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la corrección de errores de la revisión salarial y calendario laboral del convenio colectivo del sector de elaboración e instalación de piedra y mármol para el año 2002.

Visto el expediente de la corrección de errores de la revisión salarial y calendario laboral del convenio colectivo del sector de elaboración e instalación de piedra y mármol, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 14-3-2002, suscrito en representación de la parte económica por la Asociación de Empresarios Marmolistas de la provincia de A Coruña (Asoemar), y, de la parte social por las centrales sindicales UGT, CC.OO. y CIG el día 21-2-2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 21 de marzo de 2002.

Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

Acta única

En A Coruña, siendo las diecisiete quince horas del día veintiuno de febrero de dos mil dos, se reunen en los locales de la Confederación Intersindical Galega, sitos en esta ciudad, las partes social y económica para proceder a la revisión y actualización de las tablas salariales, así como la aprobación del calendario

para el presente año, todo referido al vigente convenio de trabajo para la actividad de elaboración e instalación de piedra y mármol.

Los asistentes a la misma que formarán la comisión negociadora son los siguientes: por Comisiones Obreras (CC.OO.): Santiago Huertas Pozurama. Por la Confederación Intersindical Galega (CIG): Victorino Ares Prado y Lino Bereijo Vergara. Por parte de la Unión General de Trabajadores (UGT): Juan R. Paseiro Pararo. Por la Asociación de Empresarios Marmolistas de la provincia de A Coruña (Asoemar): Manuela Fernández Pouso.

Una vez abierta la reunión se procede a revisar los salarios vigentes a 31-12-2000 con el exceso del IPC, es decir, el 0,2%, para a continuación incrementar los salarios en el 3,5%.

Por error de transcripción en el acta nº 6 del actual convenio de elaboración e instalación de piedra y mármol, en su artículo nº 30 donde dice: «Complemento de hospitalización. En caso de IT derivada de accidente, la empresa procederá a complementar durante los dos primeros meses hasta el 100% de la base reguladora.

La hospitalización por accidente será válida siempre y cuando este tenga la consideración de laboral», debe decir: «Incapacidade temporal. En caso de IT derivada de accidente con la consideración de laboral, la empresa procederá a completar durante los dos primeros meses hasta el 100% de la base reguladora».

Asimismo y con objeto de adaptar la jornada tras su reducción, se confecciona el calendario que se adjunta como anexo IV y que estará en vigor única y exclusivamente, a todos los efectos, durante el presente año.

Los representantes de la comisión deliberadora se delegan en Victorino Ares Prado, para que presente la documentación anteriormente mencionada y que se adjunta al acta, ante el organismo competente, al objeto de que se de el trámite que corresponda para su publicación en el BOP y el Diario Oficial de Galicia.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, se da por finalizada la reunión siendo las dieciocho treinta horas del día arriba indicado.