Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Viernes, 12 de abril de 2002 Pág. 4.839

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, sobre notificación de la propuesta de resolución del expediente OU 163/01P y dos más, por infracción de la Ley de pesca fluvial.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en los anexos se mencionan que con esta fecha resolví publicar la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores por presuntas infracciones de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto), y de su reglamento aprobado por el Decreto 30/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio), por no ser posible su notificación.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para formular cuantas alegaciones estimen pertinentes. En el mismo plazo se pone el procedimiento de manifiesto para trámite de vista si lo consideran oportuno. El expediente puede ser examinado en la delegación provincial de esta consellería, sita en la calle del Paseo, nº 18-5º, en Ourense.

Rematado el plazo que se señala, esta propuesta, junto con todos los documentos que constan en los expedientes se remitirán al delegado provincial de esta consellería, para la resolución del procedimiento.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

Ourense, 28 de febrero de 2002.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

-Expediente: OU 163/01P.

Denunciado: Miguel Ángel Norte Escudero.

DNI: 21371053.

Última dirección conocida: c/ Monte Penamá, nº 30, 1º A (Ourense).

Hecho probado: pescar empleando cebo natural (bicho rojo), prohibido desde el 15 de julio fuera de los embalses del anexo IV de la Orden de 20 de enero de 2000.

Precepto infringido y sancionador: artículo 33.9º de la Ley de pesca fluvial.

Calificación de la infracción: leve.

Sanción: multa de 30,05 euros.

-Expediente: OU 167/01P.

Denunciado: Tomás Rodríguez Justo.

DNI: 76704967.

Última dirección conocida: Alameda, 37, Verín (Ourense).

Hecho probado: pescar empleando cebo natural (Asticot), prohibido desde el 15 de julio fuera de los embalses del anexo IV de la Orden de 20 de enero de 2000.

Precepto infringido y sancionador: artículo 33.9º de la Ley de pesca fluvial.

Calificación de la infracción: leve.

Sanción: multa de 30,05 euros.

-Expediente: OU 171/01P.

Denunciado: José Carlos Feijóo Sousa.

DNI: 8215504.

Última dirección conocida: Santa María Maior, Chaves (Portugal).

Hecho probado: pescar empleando cebo natural (Asticot), prohibido desde el 15 de julio fuera de los embalses del anexo IV de la Orden de 20 de enero de 2000.

Precepto infringido y sancionador: artículo 33.9º de la Ley de pesca fluvial.

Calificación de la infracción: leve.

Sanción: multa de 30,05 euros.