Vista la solicitud para autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública, con la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideran de necesaria expropiación, así como la aprobación del proyecto de ejecución que se cita:
Solicitante: Electra del Jallas, S.A.
Domicilio social: plaza de la Constitución, nº 17, Cee.
Título: L.M.T., C.T. As Casas Novas, Muxía.
Línea eléctrica aérea de media tensión a 20 kV, sobre apoyos de hormigón y con conductor LA-56, de 362 m de longitud, con origen en la línea que alimenta al C.T. Cibrán y final en el C.T. As Casas Novas, a instalar. Centro de transformación, tipo intemperie, de 50 kVA, y tensiones de 20/0,380-0,220 kV, en Cibrán, del que parte red de baja tensión sobre apoyos de hormigón y conductor R.Z., de 175 m de longitud que se conecta a red existente.
La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 26 de diciembre, en el BOP del 10 de diciembre y en el periódico La Voz de Galicia del 22 de noviembre de 2001, y en los tablones de anuncios de la casa del ayuntamiento de Muxía, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.
Asimismo, se comprobó que las alegaciones efectuadas por los interesados en cuanto a la modificación del trazado de la línea eléctrica no pueden ser tenidas en cuenta por no darse las condiciones previstas en el artículo 57.B de dicha ley y artículo 26 del mencionado decreto.
Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, los decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar, en concreto, la utilidad pública
de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
A Coruña, 26 de febrero de 2002.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña