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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Lunes, 25 de marzo de 2002 Pág. 3.853

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE (SECCIÓN SEGUNDA)

CÉDULA de notificación de sentencia (376/2001).

Alfonso Travado y Lira, secretario de la Audiencia Provincial de Ourense, sección segunda, certifico que, en el rollo de apelación civil, al que se hará referencia, se dictó sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

(Apelación civil).

La Audiencia Provincial de Ourense, sección segunda, constituida por los señores Abel Carvajales Santa Eufemia, presidente, Fernando Alañon Olmedo, magistrado, Juan Manuel de los Ríos Sánchez, magistrado sustituto, ha pronunciado la siguiente sentencia:

En Ourense, a 7 de febrero de 2002.

Vistos, en grado de apelación, por esta sección segunda de la Audiencia Provincial, actuando como tribunal civil, los autos de menor cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Ourense seguidos con el número 632/1998, rollo de apelación número 376/2001, entre partes, como apelantes Francisco Galindo Escudero, S.A. (Fragasa), representada por el procurador de los tribunales Mª Gloria Sánchez Izquierdo, y asistido del letrado Jorge Temes Montes y Galletas Halago, S.L. y Luis Álvarez Rodríguez, representados por el procurador de los tribunales Lourdes Lorenzo Ribagorda, y asistidos del letrado José Luis Carnicero Blanco, y, como apelados Alimentos del Noroeste, S.A. (Alinosa) en situación procesal de rebeldía y María Olga Álvarez Curras, no personada. Es ponente Abel Carvajales Santa Eufemia.

Fallo que desestimando los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de fecha 19 de febrero de 2001, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número cinco de Ourense, debemos de confirmar y confirmamos íntegramente la misma. No se hace especial imposición de las costas del recurso.

Al notificarse esta resolución a las partes, háganse las indicaciones a que se refiere el artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que, en unión de los autos originales, se remitirá certificación del juzgado de procedencia para su ejecución y demás efectos, juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Abel Carvajales Santa

Eufemia. Fernando Alañon Olmedo. Juan Manuel de los Ríos Sánchez. (Rubricadas).

Y para que así conste y sirva de notificación a Alimentos del Noroeste, S.A. ausente en paradero ignorado y declarado en rebeldía, expido y firmo la presente cédula en Ourense, 7 de febrero de 2002.

El secretario

Rubricado