De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), se notifica a las personas que a continuación se rela
cionan, a quienes no ha podido hacerse por correo certificado, los acuerdos de iniciación dictados en los expedientes de sanción, por infracciones en materia de espectáculos públicos, cuyo número se cita seguidamente:
Nombre DNI/NIF Nº expediente Precepto infringido Último domicilio Sanción
Monforte de Lemos
David de la Fuente Pérez y Francisco Javier García Fernández E-27101609 LU-E 265/2001 23 o) en relación con el 26 e) LO 1/1992 C/ Duquesa de Alba, 14, bajo,
901,52 euros y 20 días de suspensión de la licencia municipal de apertura
Contra estas resoluciones podrá interponer el interesado recurso de alzada, ante el conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación.
Adviértase que, de no ser entablado éste en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta en el periodo de pago voluntario señalado en el boletín de multas y sanciones que puede recoger en las dependencias de la delegación provincial de la consellería, a favor del Tesoro de la Hacienda Gallega, en la cuenta restringida que consta en el citado boletín, en cualquiera de las oficinas de la entidad bancaria Caixa Galicia, haciendo constar el número del expediente sancionador. Transcurrido dicho plazo, se procederá al cobro por la vía de apremio, de conformidad con lo establecido en la disposición segunda de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG del 5 de diciembre).
Lugo, 26 de febrero de 2002.
Manuel Teijeiro Álvarez
Delegado provincial de Lugo