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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Jueves, 21 de marzo de 2002 Pág. 3.738

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE (SECCIÓN SEGUNDA)

CÉDULA de notificación de sentencia (329/2001).

Alfonso Travado y Lira, secretario de la Audiencia Provincial de Ourense, Sección Segunda, certifico que, ante esta Sección Segunda, se sigue el rollo de apelación nº 329/2001, en el que se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

La Audiencia Provincial de Ourense, Sección Segunda, constituida por Abel Carvajales Santa-Eufemia, presidente, y los magistrados Fernando Alañón Olmedo y Juan Manuel de los Ríos Sánchez, en sustitución por disfrute de la titular de licencia por enfermedad, ha pronunciado la siguiente sentencia:

«En Ourense a treinta y uno de enero de dos mil dos.

Vistos, en grado de apelación, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, actuando como tribunal civil, los autos de juicio ejecutivo, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de los de Ourense, seguidos con el nº 110/2000, rollo de apelación nº 329/2001, en los que aparece, como parte apelante, José Angel Covela Rodríguez, representado por el procurador de los tribunales Francisco Pérez Saa y asistido por el letrado José Feijoo Fernández y, como apelado, José Luis Vázquez Novelle, la entidad Arrendamientos y Planificaciones de Obra del Noroeste, S.L., representados por la procuradora Rosario Outeiriño Míguez y asistidos por el letrado Fernando Otero Marquina, la entidad Banco Español de Crédito, S.A., representado por el procurador de los tribunales Andrés Tabarés Pérez-Piñeiro y asistido por el letrado Rafael Tabarés Pérez-Piñeiro y la entidad Norcon Construcciones del Noroeste, S.L., en situación procesal de rebeldía. Es magistrado-ponente

Fernando Alañón Olmedo.

Fallo:

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por el procurador de los tribunales Francisco Pérez Saa, en nombre y representación de José Ángel Covela Rodríguez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de los de Ourense, en autos de juicio ejecutivo nº 110/2000, rollo de apelación nº 329/2001, de fecha 23 de enero de 2001, que se confirma, con imposición de costas de la alzada a la apelane.

Al notificar esta resolución a las partes, háganse las indicaciones a que se refiere el artículo 248.4º de la LOPJ.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que, en unión de los autos originales, se remitirá certificación al

juzgado de procedencia, para su ejecución y demás efectos, juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Abel Carvajales Santa-Eufemia. Fernando Alañón Olmedo. Juan Manuel de los Ríos Sánchez. Rubricados».

Concuerda fielmente con el original al que me remito y para que así conste y sirva de notificación a la entidad apelada-no personada Norcon Construcciones del Noroeste, S.L., en situación procesal de rebeldía y ausente en paradero ignorado, expido y firmo la presente en Ourense a treinta y uno de enero de dos mil dos.

El secretario

Rubricado