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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Miercoles, 20 de marzo de 2002 Pág. 3.650

III. OTRAS DISPOSICIONES

TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

ACUERDO de 20 de febrero de 2002 por el que se notifican las resoluciones de las reclamaciones económico administrativas número 1848-C 01/2 interpuesta por Carmelo Salazar Hernández y número 2058-P 01/7 interpuesta por José Antonio Rodríguez Fernández.

Intentada inútilmente la notificación domiciliaria de las resoluciones correspondientes a las reclamaciones económico administrativas nº 1848-C 01/2 interpuesta por Carmelo Salazar Hernández (domicilio notificaciones: plaza Duque de Medinaceli, 1-2º-2º, 08002 Barcelona) y nº 2058-P 01/7 interpuesta por José Antonio Rodríguez Fernández (domicilio notificaciones: calle Eugenio Kraff, 52-1º, Vigo), se procede a su publicación de acuerdo con el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y de los artículos 83 y 86 del Real decreto 391/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento en las reclamaciones económico administrativas.

De acuerdo con el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se publica que en reunión de fecha 25 de octubre de 2001, el Tribunal Económico Administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia declaró inadmisible por extemporánea la reclamación nº 1848-C 01/2 interpuesta por Carmelo Salazar Hernández; y en reunión de fecha 26 de diciembre de 2001, el Tribunal Económico Administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia desestimó la reclamación nº 2058-P 01/7 interpuesta por José Antonio Rodríguez Fernández. Estas resoluciones estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la secretaría de este tribunal situadas en la Consellería de Economía y Hacienda (1º planta, Dirección General de Tributos).

Estas resoluciones agotan la vía económico administrativa; contra ellas podrán interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta publicación.

Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2002.

Susana Benedeti Corzo

Secretaria del Tribunal Económico Administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO,

MUJER Y JUVENTUD