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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 18 de marzo de 2002 Pág. 3.549

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

CORRECCIÓN de errores.-Orden de 31 de enero de 2002 por la que se fijan los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2002.

Advertidos errores en el texto de la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 28, del 7 de febrero de 2002, es necesario publicar las siguientes correcciones:

En la página 1.443, en el párrafo segundo del artículo 1º.

Donde dice:

«Del 17 de marzo hasta el 21 de junio en los cotos de Abres, San Tirso y A Pontenova (río Eo)».

Debe decir:

«Del 17 de marzo hasta el 21 de julio en los cotos de Abres, San Tirso y A Pontenova (río Eo)».

En la página 1.447, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Ourense, en la fila encabezada por «Regato Fragoso», columna encabezada por «Límite superior».

Donde dice:

«Toén (Ourense)».

Debe decir:

«Nacimiento (Toén)».

En la página 1.447, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Ourense, en la fila encabezada por «Río Viñao», columna encabezada por «Límite superior».

Donde dice:

«Irixo, O».

Debe decir:

«Ponte de Santiso (O Irixo)».

En la página 1.448, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Pontevedra, en la fila encabezada por «Arroyo de Miñán (Loira)», columna encabezada por «Límite inferior».

Donde dice:

«Carballeira del río».

Debe decir:

«Carballeira do Rei».

En la página 1.448, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Pontevedra, en la fila encabezada por «Río Tea», columna encabezada por «Límite inferior».

Donde dice:

«250 m aguas arriba de la depuradora de Mondariz-Balneario».

Debe decir:

«250 m augas abajo de la depuradora de Mondariz-Balneario».

En la página 1.448, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Pontevedra, en la fila encabezada por «Río Tea. Couto de Mondariz», columna encabezada por «Límite superior».

Donde dice:

«Ponte da Poeira, en Riofrío (Mondariz)».

Debe decir:

«Presa de Val (Mondariz)».

En la página 1.448, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Pontevedra, en la fila encabezada por «Río Tea. Couto de Mondariz», columna encabezada por «Límite inferior».

Donde dice:

«Presa de Val (Mondariz)».

Debe decir:

«Ponte da Poeira, en Riofrío (Mondariz)».

En la página 1.448, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Pontevedra, en la tercera de las filas encabezadas por «Río Ulla», columna encabezada por «Límite superior».

Donde dice:

«Puente nuevo interprovincial de Ponte Ledesma».

Debe decir:

«Tosta do Muíño do Boticario».

En la página 1.448, en la tabla del anexo II correspondiente a la provincia de Pontevedra, en la tercera de las filas encabezadas por «Río Ulla», columna encabezada por «Límite inferior».

Donde dice:

«Tosta do Muíño do Boticario».

Debe decir:

«Puente nuevo interprovincial de Ponte Ledesma».

En la página 1.451, en el punto 1 del anexo V, en el apartado correspondiente al río Miño.

Donde dice:

«Desde el final de la temporada hábil hasta el 30 de octubre, se autoriza ...».

Debe decir:

«Desde el final de la temporada hábil hasta el 31 de octubre, se autoriza ...».