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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miercoles, 06 de marzo de 2002 Pág. 3.055

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 13 de febrero de 2002 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión de la batea Bea III.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Bea III y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 5-7-2000, José Germán Fernández Triñanes solicitó autorización para la transmisión de concesión de la batea Bea III.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de Recursos sobre las características de la batea y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, del 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, del régimen jurídico de las administraciones públicas

y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente resolución

Autorizar la transmisión intervivos, a favor de José Germán Fernández Triñanes (DNI 78780496E) y Mª del Pilar Blanco Torrado (DNI 52453084), 1/3 parte indivisa de la concesión con carácter ganancial; Benigno Calo Romero (DNI 78780510J), 1/3 parte indivisa con carácter privativo y Manuel Mª Silva Triñanes (DNI 78780524G), 1/3 parte indivisa restante, con carácter privativo, de la concesión administrativa de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Bea III.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 88.

Polígono: B.

Distrito: Muros (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 11-6-1972 (BOE nº 183).

Remate vigencia: 1-8-2004.

Actual titular: José Germán Fernández Triñanes (DNI 78780496E), María Triñanes Silva (DNI 76450357) y Amalia Romero Outeiral (DNI 33110016).

Nuevo titular: José Germán Fernández Triñanes (DNI 78780496E) y Mª del Mar Blanco Torrado (DNI 52453084), 1/3 parte indivisa de la concesión con carácter ganancial; Benigno Calo Romero (DNI 78780510J), 1/3 parte indivisa con carácter privativo; y Manuel Mª Silva Triñanes (DNI 78780524G), 1/3 parte indivisa restante, con carácter privativo.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segundo.-Transcurrido el plazo indicado en condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior,

desde el momento de formalización de compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 13 de febrero de 2002.

(P.D. 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Maria José Cancelo Baquero

Delegada territorial de A Coruña