Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio:
En autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el nº 461/2001 a instancia de Carlos Fernández García y otros, contra la empresa Josefa Pilar Rodríguez García y Fogasa, sobre salarios, se dictó el siguiente auto:
En A Coruña, 22 de enero de 2002.
Siguen hechos y fundamentos de derecho.
Parte dispositiva: se aclara la sentencia en el sentido de que el letrado que representó y asistió a los actores en el presente procedimiento es José Páramo Sureda, y no Felipe Martínez Ramonde, como consta en su encabezamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida no cabe recurso alguno, excepto el correspondiente a la sentencia que se pretendía aclarar.
Y para que sirva de notificación a la empresa Josefa Pilar Rodríguez García, de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula en A Coruña a 22 de enero de 2002.
El secretario judicial
Rubricado
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