Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 19 de febrero de 2002 Pág. 1.940

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia. (490/2001).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe

y testimonio en autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 490/2001 contra Inés Blas Aguiar y otra sobre salarios, se dictó la siguiente sentencia:

En A Coruña, 18 de enero de 2002.

Jorge Hay Alba, magistrado-juez de lo social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 490/2001, seguidos a instancia de Inés Blas Aguiar e María Teresa Fernández García, mayores de edad, asistidas por la letrada Cristina Gómez Lozano, contra la empresa Belan Textil, S.L., que no ha comparecido en los autos, con la intervención del Fondo de Garantía Salarial, representado y asistido por el letrado Ramón Novoa Cisneros, siendo el objeto de la reclamación, salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Inés Blas Aguiar e María Teresa Fernández García contra la empresa Belan Textil, S.L. con intervención de FOGASA y debo condenar a la empresa Belan Textil, S.L. a que abone a las actoras la cantidad de: a Inés Blas Aguiar 5.084,53 euros (845.995 pesetas) y a María Teresa Fernández García, 7.599,61 euros (1.264.468 pesetas) por los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia; y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad de 25.000 pesetas en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad, con el número de cuenta 5603, clave 65, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la empresa Belan Textil, S.L., de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 18 de enero de 2002.

El secretario judicial

Rubricado