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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Sábado, 19 de enero de 2002 Pág. 764

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SADA

ANUNCIO de aprobación definitiva de los estatutos y de las bases de actuación de las unidades de actuación B y C del Plan parcial del sector residencial de alta densidad en contacto con As Brañas.

Con fecha 10 de diciembre de 2001, la Alcaldía Presidencia dictó la siguiente resolución:

Por decreto de la Alcaldía de 2 de octubre de 2001, se aprobaron inicialmente los estatutos y bases de actuación de las unidades de actuación B y C del Plan parcial del sector residencial de alta densidad en contacto con As Brañas. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 133.4º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, se procedió a la apertura de un período de información pública, previa publicación de los correspondientes anuncios en el BOP del 19 de octubre de 2001, y en el Diario Oficial de Galicia del 25 de octubre de 2001, así como con notificación individualizada a los interesados, sin que se formularan alegaciones.

De conformidad con las competencias conferidas por el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, esta alcaldía

RESUELVE:

Primero.-Aprobar definitivamente y sin modificaciones los estatutos y bases de actuación de las unidades de actuación B y C del Plan parcial del sector residencial de alta densidad en contacto con As Brañas, habiéndose publicado el texto íntegro en el BOP del 19 de octubre de 2001.

Segundo.-Ordenar la citación personal en el expediente a los que aparezcan como interesados en calidad de titulares de bienes y derechos afectados, advirtiéndoles de que podrán solicitar la incorporación a la junta de compensación en el plazo de un mes, contado a partir de la presente notificación, mediante escrito presentado ante la propia comisión gestora o ante este ayuntamiento, con la advertencia legal de que, en el supuesto de no incorporarse a la junta de compensación, los terrenos correspondientes podrán ser objeto de expropiación u ocupación directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, y en el artículo 162.5º del Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión urbanística.

Tercero.-Publicar los correspondientes anuncios en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia, así como notificar individualizadamente a los interesados en el expediente la presente resolución, surtiendo las publicaciones los efectos previstos en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para aquellos

supuestos de interesados a los que no se les pueda practicar la notificación individualizadamente.

Cuarto.-Advertir a la comisión gestora de que, una vez vencido el plazo de un mes a que se refiere el punto segundo precedente, y previa declaración de firmeza, que será realizada por esta administración, deberá proceder a la constitución de la junta de compensación, con citación de los propietarios que solicitasen su incorporación, para lo que dispone de un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la declaración de firmeza.

Quinto.-Designar como representante municipal en el órgano rector de la junta a Ramón Rodríguez Ares y, en sustitución de éste, a José Emilio Gómez López.

Sexto.-Requerir a la comisión gestora y, en su nombre, a Juan Jesús Brandariz Vázquez, como secretario de ella, para que ingrese en la caja municipal, en concepto de tasa por tramitación del expediente, la cantidad de 50.000 pesetas, advirtiéndole de que sin la justificación del ingreso de dicha cantidad no surtirá eficacia la aprobación definitiva de dichos estatutos y bases de actuación.

Los gastos de publicación de los anuncios correspondientes al presente expediente serán a costa de la entidad promotora.

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, ante la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Sada, o bien podrá impugnarse directamente en vía jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación.

En el supuesto de que se interponga recurso administrativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo mientras no se resuelva expresa o presuntamente el recurso de reposición interpuesto.

En tal caso, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.

En el supuesto de desestimación presunta del recurso de reposición -por el transcurso del plazo máximo de un mes desde su interposición sin que se hubiese resuelto ni notificado-, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo es de seis meses.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro que se estime pertinente.

Sada, 17 de diciembre de 2001.

El alcalde

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