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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Sábado, 19 de enero de 2002 Pág. 763

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la corrección de error en la documentación gráfica del PGOU, definiendo la anchura del vial prolongación de la calle Faustino Santalices, previa a la aprobación definitiva por la comisión de gobierno del proyecto de urbanización.

El Pleno de la Corporación, en sesión de veintisiete de octubre de dos mil uno, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.-Reconocer, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en la redacción conferida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la existencia de un error en la documentación de carácter gráfica del Plan

General de Ordenación Urbana, en lo que se refiere al ancho viario de la calle Faustino Santalices, por corresponderle efectivamente lo dibujado de 10 metros sobre las edificaciones existentes.

Segundo.-Comunicar el presente acuerdo a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia y publicarlo en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero.-Proponer a la Comisión de Gobierno, por delegación de la alcaldía, la aprobación definitiva del proyecto de urbanización de la prolongación de la calle Faustino Santalices, promovido por Promociones Inmobiliarias Amco, S.L. y redactado por el arquitecto Ricardo Aguilar Argenti, compuesto del documento visado por la delegación en Pontevedra del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia en fecha 7-3-2001 y un anexo a la memoria y nuevo plano nº 3, que reforman y anulan los correlativos de aquél, y que se efectúen las comunicaciones y publicaciones preceptivas en los términos de la legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana».

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su modificación, conforme a lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el artículo 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2º de esta Ley 30/1992, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contado desde el día siguiente de aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el artículo 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente con arreglo a derecho.

Pontevedra, 27 de noviembre de 2001.

Julio Dapena Outomuro

Secretario general

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente-alcalde delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente