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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Viernes, 11 de enero de 2002 Pág. 421

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 8 de enero de 2002 por la que se da cumplimento al auto dictado por el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Lugo en el que se dispone la ejecución de la sentencia número 255/2001, de 14 de junio.

Visto por el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Lugo el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado nº 38/1999, interpuesto por Juan Manuel Carballeira Pereira, contra la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 1 de diciembre de 1998, por la que se eleva a definitiva la propuesta de aspirantes que superaron el proceso selectivo para el ingreso, entre otras, en la categoría 68 (pastor/a oficial 1ª y otros) del grupo III de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, (DOG de 11 de diciembre) dictó sentencia nº 255/2001, de 14 de junio, pronunciándose en el siguiente sentido:

«Decido que estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el letrado José Manuel Fernández Varela, en nombre y representación de Juan Manuel Carballeira Pereira, contra la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de la Xunta de Galicia, de fecha 1 de diciembre de 1998, por la que se eleva a definitiva la propuesta de los que superaron el proceso selectivo para el ingreso en las categorías correspondientes al grupo III del personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, en el concreto aspecto de no figurar incluido en la lista definitiva de aspirantes que superaron el proceso selectivo al recurrente, para el acceso a la categoría correspondiente al grupo III de personal laboral de la Xunta de Galicia, plaza de pastor/oficial de servicios técnicos y otros, categoría 68, acceso libre; y declaro

su derecho a ser restablecido y a figurar como tal, para los efectos de que pueda ser nombrado y tomar posesión del referido puesto de trabajo. Y condeno a la Administración demandada a que cumpla tales declaraciones y le dé efectos desde que el recurrente debería haber tomado posesión, abonándole todos los haberes que correspondan desde aquel momento».

Con fecha de 24 de julio de 2001, el director general de la Función Pública dispuso la ejecución de la sentencia en sus propios términos, en virtud de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Mediante resolución de la Consellería de la Presidencia e Administración Pública de 27 de julio de 2001, se aceptó la renuncia formulada en su día por Jesús López López a la plaza correspondiente a la categoría 68 del grupo III del personal laboral fijo de la Xunta de Galicia con efectos desde esa misma fecha.

Como consecuencia, procede publicar una nueva relación definitiva de aspirantes que superaron el proceso selectivo para el acceso a la categoría (68 /pastor/a oficial 1ª y otros) del grupo III de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, en la que se recoja a alteración provocada por la ejecución de la citada sentencia, es decir, que en lugar de figurar en la misma Jesús López López debe figurar Juan Manuel Carballeira Pereira.

Por la Orden de 30 de julio de 2001, se modifica la del 1 de diciembre de 1998 por la que se eleva a definitiva la propuesta de aspirantes que superaron el proceso selectivo para el ingreso, entre otras, en la categoría 68 (pastor/a oficial de primera y otros) del grupo III de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, de tal manera, que en lugar de figurar en la misma Jesús López López figuró Juan Manuel Carballeira Pereira, DNI: 33813014 (DOG nº 165, del 27 de agosto de 2001).

Con fecha 6 de septiembre de 2001, el señor Carballeira Pereira presento la documentación exigida en la base V.1 de la orden de la convocatoria.

Seguidamente, se ha procedido a citar al señor Carballeira Pereira al acto de elección de destinos que se le ofertan, que tuvo lugar el 7 de noviembre de 2001 a las 9.30 horas en las dependencias de la Subdirección General de Régimen Jurídico y Relaciones Laborales de esta dirección general, eligiendo el puesto con el código AG.C99.10.501.15001.040 de la categoría 68 del grupo III (pastor/a oficial de primera y otros).

De acuerdo con lo dispuesto en la base V de la orden de convocatoria del proceso selectivo así como en el artículo 12 del III Convenio colectivo único para el personal laboral da Xunta de Galicia, dichos trámites previos son imprescindibles para poder proceder al nombramiento como personal laboral fijo y tomar posesión del puesto de trabajo que se adjudique.

Por auto de 12 de diciembre de 2001 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo notificado el 27 de diciembre, se requiere a la Consellería de la Presidencia y Administración Pública para que ejecute la sentencia nº 255/2001, de 14 de junio y en consecuencia señale día y hora para la toma de posesión del actor, absteniéndose de cualquier acto que

impida la ejecución de la sentencia y abone los atrasos conforme a lo sentenciado. Este auto es inmediatamente ejecutivo.

En consecuencia y en cumplimento en dicho auto:

DISPOÑO:

Primero.-Nombrar personal laboral fijo de la Xunta de Galicia a Juan Manuel Carballeira Pereira, con DNI nº 33813014 y adjudicarle como destino definitivo el puesto de capataz agrícola (grupo III, categoría 68) con el código AG.C99.10.501.15001.040 con destino en el Servicio de Sanidad y Producción Vegetal en A Coruña.

Segundo.-Para adquirir la condición de personal laboral fijo, el interesado deberá tomar posesión en dicho puesto de trabajo en el plazo previsto en el artículo 13 del III Convenio colectivo único para personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

Tercero.-El plazo de toma de posesión comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto.-Contra la presente orden se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de dicha publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme al artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 8 de enero de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública