La aprobación de la nueva estructura orgánica de la Xunta de Galicia por Decreto 306/2001, de 15 de diciembre, desarrollado por los decretos 309 y 310/2001, de 17 de diciembre, hace necesario adaptar parcialmente el marco de titularidad de la gestión establecido en el presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2001. Los criterios utilizados responden a razones de identificación competencial, aunque en algún caso obedecen a motivos estrictamente operativos, de forma que la ejecución de los créditos y de los expedientes que de ella se derivan no resulten afectados. Por otro lado, se ha tenido en cuenta que la peculiaridad representada por el escaso período de tiempo que resta hasta la finalización del actual ejercicio hace aconsejable no modificar la estructura de los códigos presupuestarios.
En su virtud, y con arreglo a la facultad conferida por la disposición final segunda de la Ley 4/2000, de 27 de diciembre, y la disposición final primera del Decreto 310/2001, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia,
DISPONGO:
Artículo 1º
Uno.-Los créditos recogidos en el estado de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2001, con los códigos que se detallan a continuación, serán gestionados por las consellerías que se indican:
sección
Código de
Servicio Programa Concepto Consellería
04 03 213A - Emigración y Cooperación Exterior
04 05 111E 790.0 Emigración y Cooperación Exterior
04 13 121A 490.0 Emigración y Cooperación Exterior
04 13 121A 790.0 Emigración y Cooperación Exterior
06 03 342A 710.0 Medio Ambiente
06 03 412A 410.0 Medio Ambiente
06 03 412A 710.0 Medio Ambiente
06 50 - - Medio Ambiente
11 03 - - Asuntos Sociales
23 01 511A 442.0 Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural
23 01 511A 740.0 Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural
Dos.-La gestión de los restantes créditos del presupuesto de gastos para 2001, asignados a secciones de carácter administrativo, se llevará a cabo por las consellerías integradas en la nueva estructura con arreglo a la siguiente tabla de equivalencias:
Sección Consellería
04 Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública
05 Economía y Hacienda
Sección Consellería
06 Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda
07 Educación y Ordenación Universitaria
08 Industria y Comercio
09 Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural
10 Cultura, Comunicación Social y Turismo
11 Sanidad
12 Pesca y Asuntos Marítimos
13 Justicia, Interior y Relaciones Laborales
14 Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud
15 Medio Ambiente
16 Asuntos Sociales
17 Emigración y Cooperación Exterior
Tres.-El criterio establecido en los apartados precedentes será también aplicable a la gestión de los créditos incorporados al presupuesto de 2001 procedentes de ejercicios anteriores.
Artículo 2º
La codificación del presupuesto de gastos para 2001 se mantiene invariable. En tal sentido, la expedición de documentos de gestión presupuestaria y su posterior contabilización continuará realizándose con arreglo a las mismas claves utilizadas en el momento de la entrada en vigor del Decreto 306/2001, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia.
Disposiciones finales
Primera.-La Intervención General de la Comunidad Autónoma dictará las instrucciones necesarias para la fiscalización de los expedientes derivados de la gestión de los créditos a los que se hizo referencia.
Segunda.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2001.
José Antonio Orza Fernández
Conselleiro de Economía y Hacienda
CONSELLERÍA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO