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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Lunes, 17 de diciembre de 2001 Pág. 16.070

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CELANOVA

EDICTO.

El Pleno de la Corporación, en la sesión del día 15 de noviembre de 2001, prestó aprobación definitiva al plan especial de reforma interior del burgo medieval de Vilanova dos Infantes, rechazando las reclamaciones formuladas por los interesados que seguidamente se relacionan, asumiendo el informe del equipo redactor, que consta en el expediente y que sirve de motivación al acuerdo:

Nº de reclamación según registro

de entrada

Reclamante

588Ángel Vázquez Rodríguez

590Ramona Armesto Ferro

591Manuel González Núñez

643M. Carmen Núñez Enríquez

645Rosa Ferro Campos

697Xoán Carlos Fernández Rodríguez

Asimismo, se aceptan parcialmente, asumiendo el informe del equipo redactor, que consta en el expediente y que sirve de motivación al acuerdo, las alegaciones formuladas por los siguientes interesados:

Nº de reclamación según registro

de entrada

Reclamante

288José Blanco Cid

344Delfina y Emilio López Díaz

359José Ferro Araújo

360María Gloria Pérez González

361Luis Santalices Rodríguez

396Ildefonso Santalices Barge

397María Araújo Campos

399Ramona Araújo Fernández

400Benito Ferro Araújo

401Benito y José Ferro Araújo

402María Gloria Pérez González

403Ramona Araújo Fernández

481María Nieves Fernández Argüelles

482Dolores del Río Flores

485Olga María Velo del Río

546José Álvarez Pérez

595Graciela Rodríguez Fernández

608María Gloria Pérez González

610Arturo Piñeiro Nieto

611Luis Piñeiro Nieto

612Adolfo Piñeiro Nieto

613Adolfo Piñeiro Nieto

627Celso Vidal Rodríguez

630Dolores Vispo Núñez

631Dolores Vispo Núñez

1.310Sara Feijóo Soto

1.395Sara Feijóo Soto

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer directamente quien se considere legitimado, el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la disposición impugnada en el BOP de Ourense, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1º b) y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente, según derecho, significando que el artículo 107.3º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, no admite la interposición de recursos en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general.

Celanova, 16 de noviembre de 2001.

El alcalde

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