De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en los anexos se mencionan que, con esta fecha, resolví publicar la propuesta de resolución de los procedimientos sancionadores que se instruyen por presuntas infracciones de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151 del 5 de agosto) y de su reglamento aprobado por el Decreto 30/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106 del 4 de junio), por no ser posible su notificación.
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para formular cuantas alegaciones estimen pertinentes. En el mismo plazo se pone el procedimiento de manifiesto para trámite de vista si lo consideran oportuno. El expediente puede ser examinado en la delegación provincial de esta consellería, sita en la calle del Paseo, nº 18-5º, en Ourense.
Rematado el plazo que se señala, esta propuesta, junto con todos los documentos que constan en los expediente, se remitirán al delegado provincial de esta consellería para la resolución de los procedimientos.
Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189 del 9 de agosto).
Ourense, 29 de octubre de 2001.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº/año DNI
infringido
y sancionador pesetas
Expediente
Denunciado
Última dirección conocida Hecho probado Precepto
Sanción
11043943
50449984J
Pescar con dos cañas, permaneciendo una de ellas a fondo, a una distancia de unos 100 metros del pescador
44453725S
OU-060/01P Adán José Pereira Florín C/ Calouste Gulbenkian, nº 19-3º D, Ermesende. Valongo. Porto, (Portugal) Pescar sin licencia Ley pesca fluvial Galicia 7/1992. Art. 34.1º 50.001, retirada de la licencia de pesca e inhabilitación para obtenerla durante un año
OU-059/01P Paulo Trinta Florín
C/ Calouste Gulbenkian, nº 19-3º D, Ermesende. Valongo. Porto, (Portugal) Pescar sin licencia Ley pesca fluvial Galicia 7/1992. Art. 34.1º 50.001, retirada de la licencia de pesca e inhabilitación para obtenerla durante un año
OU-075/01P Domingo Gutiérrez Palomo
C/ Alejandrina Morán, nº 31-2º D, (Madrid) Pescar en lunes, día inhábil para la pesca.
Ley pesca fluvial Galicia 7/1992. Art. 33.3º y 33.9º 15.000
OU-091/01P José María Giménez Montoya
C/ Pablo Iglesias, nº 1-1º B, (Ourense) Pescar estando inhabilitado para ello por Resolución de 23 de noviembre de 2000, en lunes, removiendo las aguas con fines de pesca Ley pesca fluvial Galicia 7/1992. Art. 35.17º 500.001, retirada de la licencia de pesca e inhabilitación para obtenerla durante un año y un día