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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Viernes, 07 de diciembre de 2001 Pág. 15.571

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 2 de noviembre de 2001, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se inicia la tramitación del expediente 9/2000, de clasificación de un monte de esta provincia.

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita el expediente de clasificación del monte con las características que a continuación se indican:

-Expediente número: 9/2000.

Denominación: monte: Ganderiña, Monteagudo, Penediños, A Serra, Rosende, Bosque, Penasobreira, Pico da Vara, Varalongo y Camiño Real.

Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Cubela.

Ayuntamiento: O Incio.

Superficie total: 86,23 hectáreas.

Linderos de la parcela Ganderiña-5,36 hectáreas:

Norte: propiedades particulares de la parroquia de Cervela. Este: propiedades particulares y camino en desuso. Sur: propiedades particulares y carretera local de Cubela a Cervela. Oeste: propiedades particulares y carretera local de Cubela a Cervela.

Linderos de la parcela Monteagudo-3,18 hectáreas:

Norte, este y sur: propiedades particulares. Oeste: carretera local de Cubela a Cervela.

Linderos de la parcela Penediños-1,87 hectáreas:

Norte y oeste: camino público. Este: camino público que llega en vértice a la carretera local de Cubela a Cervela. Sur: camino público y propiedades particulares.

Linderos de la parcela A Serra-21,40 hectáreas:

Norte: monte vecinal de Fruxil y propiedades particulares. Este: propiedades particulares y camino público. Sur: camino público y zanja divisoria con propiedades particulares. Oeste: camino público, propiedades particulares y con la parcela de monte A Serra.

Linderos de las parcelas Rosende, Bosque y Penasobreira-15,23 hectáreas:

Norte y oeste: monte vecinal y propiedades particulares. Este: parcela de monte Varalongo y propiedades particulares separadas en parte del monte vecinal por muros y zanjas. Sur: término municipal de Bóveda y propiedades particulares.

Linderos de las parcelas Pico da Vara y Varalongo -38,40 hectáreas:

Norte: propiedades particulares. Este: propiedades particulares con zanjas divisorias. Sur: término municipal de Bóveda. Oeste: propiedades particulares con zanjas divisorias y la parcela de monte Bosque.

Linderos de la parcela Camiño Real-0,79 hectáreas:

Norte, este, sur y oeste: muro divisorio con propiedades particulares.

En virtud de lo acordado por el jurado en la sesión que tuvo lugar el día 29 de marzo de 2000, y en cumplimiento de la orden del instructor, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común de 10 de octubre de 1989 y demás disposiciones de aplicación, por este edicto se hace pública la iniciación para la posible clasificación del expediente indicado al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del reglamento aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, para la ejecución de la citada lei, cuantas personas, organismos y corporaciones resulten interesadas, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en la defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que consideren

conveniente al respecto.

Lugo, 2 de noviembre de 2001.

Luis González Vázquez

Presidente del Jurado Provincial de Montes

Vecinales en Mano Común de Lugo