Por medio de esta cédula, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento de VPO aprobado por el Decreto 2114/1968, de 24 de julio, se notifica al interesado, con los datos y último domicilio señalado en el anexo, la resolucion de pleno derecho del contrato de la vivienda que le fue adjudicada por no destinarla a domicilio habitual y permanente, finalizando así los expedientes de desahucio al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.6º del Real decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, y en el artículo 138.6º del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de viviendas de protección oficial.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 30 de octubre de 2001.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa de Área Provincial de A Coruña
ANEXO
-Nº de expediente de desahucio: 4/01.
Expedientado: Manuel Caínzos Pita y herederos.
Último domicilio conocido: Sta. Mariña, rúa de A Pereira, 2-1º izda. (Ferrol).
(Expte. C-586, cuenta 87).