Ante este jurado provincial de montes vecinales en mano común se tramita el expediente 373, de calificación del monte de las características que se indican a continuación:
Monte: Tras das Penas.
Comunidad: Cabo da Aldea, Espiñeira, Casacamiño y Foxo.
Parroquias: Cambás.
Municipio: Aranga.
Superficie: 9,11 ha.
Linderos: norte: vecinos de Cambás. Sur: vecinos de Cambás. Este: vecinos de Cambás. Oeste: monte Raño, de la parroquia de Veríns, municipio de Irixoa.
En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 18 de octubre de 2001, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común, de 10 de octubre de 1989, y demás disposiciones de aplicación, por medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesadas, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de los derechos que crean que los asisten en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.
A Coruña, 18 de octubre de 2001.
Ana María Díaz López
Secretaria del Jurado Provincial de Montes
Vecinales en Mano Común de A Coruña