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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Miercoles, 28 de noviembre de 2001 Pág. 15.212

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se somete a información pública el estudio ambiental del Parque Eólico Ampliación de Meda, el proyecto de ejecución de las instalaciones que comprende, el proyecto sectorial, así como las solicitudes de autorización administrativa y de declaración de utilidad pública de dicho parque eólico a desarrollar conforme a lo señalado en el proyecto presentado, en el municipio de Parada de Sil, provincia de Ourense. (Expediente IN661A 01/5-3 A.T.).

1. Alcance de la información pública; legislación.

Se somete a información pública la solicitud presentada por Eólicas del Sil, S.A. de autorización administrativa y declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y del proyecto sectorial de incidencia supraminicipal y el estudio ambiental del Parque Eólico Ampliación de Meda.

La legislación, que básicamente es de aplicación a los efectos anteriores, es la siguiente: Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que la desarrolla; Decreto 205/1995, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónma de Galicia; Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia; Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia, Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, y Real decreto 1131/1998, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de ejcución del Real decreto legislativo 1302/1998, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental y sus posteiores modificaciones.

2. Características básicas del proyecto modificado.

a) Peticionario: Eólicas del Sil, S.A.

b) Domicilio del peticionario: avda. do Cruceiro da Coruña nº 210 A; 15705 Santiago de Compostela.

c) Denominación: Parque Eólico Ampliación de Meda.

d) Situación: municipio de Parada de Sil (Ourense).

Coordenadas poligonales en uniades UTM.

Punto 1 (614000, 4690000).

Punto 2 (611500, 4692500).

Punto 3 (615500, 4692500).

Punto 4 (615500, 4688000).

e) Finalidad: producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica.

f) Datos técnicos:

-Conjunto de 16 aerogeneradores de 850 kW/u, que suman una potencia bruta total de 13,6 MW, equipados con turbina, multiplicador y generador eléctrico, situados en lo alto de una torre de acero de 45 m de altura, cimentada sobre zapata de hormigón armado.

-Interconexión de los aerogeneradores con dos circuitos eléctricos enterrados, a 20 kV, independientes entre si, de 7,65 MW (aerogeneradores 1 al 9) y 5,95 MW (aerogeneradores 10 al 16).

-Línea subterránea, a 20 kV, de evacuación de la energía hasta la subestación existente, 20 /220 kV, en el Parque Eólico de Sil.

-C.T. a instalar en cada aerogenerador de 900 kVA de potencia y r/t 0,690/20 kV, con los elementos de protección y auxiliares necesarios.

-Sistema de control y supervisión.

g) Presupuesto: 1.503.939.816 pesetas.

3. Urgente ocupación.

El peticionario, al amparo del título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, solicita, asimismo, la declaración de utilidad pública d elas instalaciones lo que, según lo señalado en el artículo 54 de aquella, llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados -los cuales se describen en la relación adjunta- e implicará la urgente ocupación al os efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

4. Estudio ambiental.

El estudio ambiental del parque eólico se somete a información pública en aplicación de la normativa indicada en el apartado 1, y puede ser examinado en las dependencias siguientes: Dirección General de Industria; Dirección General de Calidad y Avaliación Ambiental; delegaciones provinciales en Ourense de las consellerías de Industria y Comercio y Medio Ambiente, y en los ayuntamientos afectados.

5. Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.

Tiene por objeto realizar la ordenación del territorio del parque eólico, que se incluya dentro de la modificación del Plan eólico estratégico de Iberinco, que se sometió a información pública por resolción de la Dirección General de Industria de 3-7-2001 (DOG del 20 de agosto).

6. Alegaciones.

Los interesados y sus representantes pueden examinar el expediente en las oficinas de esta delegación provincial; calle Curros Enríquez nº 1, 4º de Ourense, también en los organismos citados en el punto 4 en lo que respecta al estudio ambiental, y presentar, en su caso, las alegaciones que crean oportunas en el plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de este anuncio.

Esta publicación ser realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación, con traslado al Ministerio Fiscal de las diligencias que se produzcan.

Ourense, 13 de noviembre de 2001.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Parque Eólico Ampliación de Meda.

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados.

Municipio: Parada de Sil.

Provincia: Ourense.

Finca:

Nº: 1.

Catastro: 57/622; 58/33 y 34; 60/164.

Paraje: cabeza de Meda, Burdiallos, Pesqueira.

Cultivo: monte bajo.

Afección:

Superficie (m): 211.460.

Propietarios:

Nombre y apellidos: C.M.V.M.C. de O Coutiño, O Couto, Santigueiro, Requián, Teimende, Celeirón, As Paradellas, rpta.: José Domínguez Coello (presidente).

Domicilio: 32740 O Coutiño, Parada de Sil (Ourense).