En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la asociación Artegalicia, que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación los talleres artesanos de la Comunidad Autónoma de Galicia que acrediten cumplir la Ley 1/1992, de 11 de marzo, de artesanía de Galicia.
Firman el acta de constitución: Carmen Armendáriz Villar, en representación del taller (Obradoiro Charamusca), y seis personas más representando a otros tantos talleres artesanos.
Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2001.
José Vázquez Portomeñe
Director general de Relaciones Laborales