Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio de que en autos seguidos ante este Juzgado de lo Social, tramitados bajo el número 409/2001, a instancia de Benito Tilve Valladares contra la empresa Estudios y Construcciones Mera, S.L. y Fogasa sobre salarios, se dictó la siguiente:
Sentencia. En A Coruña a quince de octubre de 2001.
Jorge Hay Alba magistrado-juez de lo social número dos de esta ciudad, vio los presentes autos de juicio número 409/2001, seguidos a instancia de Benito Tilve Valladares, mayor de edad, asistido por el letrado Pedro Pedreira Candal, contra la empresa Estudios y Construcciones Mera, S.L. y Fogasa, que no comparecieron en autos, siendo el objeto de la reclamación salarios.
Siguen hechos y fundamentos de derecho.
Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Benito Tilve Valladares contra la empresa Estudios y Construcciones Mera, S.L., condenando a la demandada a abonar al actor la cantidad de 212.968 pesetas por los conceptos reclamados en la demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la referida no cabe recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación, la empresa Estudios y Construcciones Mera, S.L., mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, que tiene su domicilio desconocido, expido y firmo esta cédula en A Coruña a quince de octubre de 2001.
El secretario judicial
Rubricado