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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Martes, 30 de octubre de 2001 Pág. 14.033

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (39/2001).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio de que en autos seguidos ante este Juzgado de lo Social, tramitados bajo el número 39/2001, contra la empresa Oxilema, S.L. sobre salarios, se dictó la siguiente sentencia:

«En A Coruña, 6 de junio de 2001.

Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo Social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 39/2001, seguidos a instancia de Celia Añón Antelo, José Antonio López Caamaño y José Antonio Rodríguez Pereira, mayores de edad, asistidos por el letrado José Nogueira Esmorís, contra la empresa Oxilema, S.L., que no ha comparecido en los autos, siendo el objeto de la reclamación salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por los actores contra la empresa Oxilema, S.L., condenando a la demandada a abonar a cada uno de los actores las siguientes cantidades: a Celia Añón Antelo 481.573 pesetas, a José Antonio López Caamaño 1.057.934 pesetas y a José Antonio Rodríguez Pereira 997.102 pesetas por todos los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia; y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad de 25.000 pesetas en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad, con el número de cuenta 5603, clave 65, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Oxilema, S.L., de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente en A Coruña a 27 de septiembre de 2001.

El secretario judicial

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