De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona, la propuesta de resolución, dictada por la instructora en los expedientes que por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia, se están tramitando en esta delegación.
A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la postestad sancionadora, los denunciados en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación; podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 24 de agosto de 2001.
José Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: P-P-2001/032.
Denunciado: Andrés Cal Cal. Comboa, Soutomaior.
DNI: 36073836.
Hechos denunciados: pescar sin licencia en el embalse de Eiras, a las 11.05 horas del día 27 de marzo de 2001.
Fecha del acuerdo de la incoación: 27 de abril de 2001.
Alegaciones a la incoación: no presenta escrito.
Fecha de la propuesta de resolución: 1 de agosto de 2001.
Precepto infringido: artículo 34.1º da Ley 7/1992 de pesca fluvial de Galicia.
Precepto sancionador: artículo 34 de la Ley 7/1992 de pesca fluvial de Galicia.
Sanción: 50.001 pesetas. (300,51 euros).
Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de dicha actividad durante un período de 1 año.