Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 179 Viernes, 14 de septiembre de 2001 Pág. 12.276

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2001, de la Secretaría de Sanidad y Servicios Sociales, sobre delegación de atribuciones del secretario general de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

Por orden de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de 14 de septiembre de 2001 se dispone que el secretario general de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales se encargue del despacho de los asuntos de la Dirección General de Servicios Sociales.

La necesidad de agilizar en lo posible todos aquellos asuntos que no exijan una atención directa y persoal del secretario general de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales aconseja que éste delegue en el subdirector general de Administración e Inspección de Servicios Sociales de la Dirección General de Servicios Sociales determinadas funciones, con lo que se conseguirá una mayor eficacia, lo que sin duda repercutirá beneficiosamente en el funcionamiento de la Administración autonómica.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, do 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

RESUELVO:

Primero.-Se delegan en el subdirector general de Administración e Inspección de Servicios Sociales de la Dirección General de Servicios Sociales las siguientes atribuciones:

a) Ordenación, coordinación y planificación de sistema de servicios sociales, autorización y acreditación, control e inspección de los centros y servicios, el estudio de las necesidades y problemáticas sociales, así como participar en el diseño y aplicación de un sistema de información estadística y el asesoramiento y la asistencia técnica de las entidades prestadoras de servicios sociales.

b) Asimismo, la creación y gestión de los equipamientos y programas que asuma la Administración autonómica, la gestión de las prestaciones y ayudas establecidas, el fomento y la regulación del voluntariado social, así como cualquier otra competencia que le sea atribuida por la normativa vigente en el ámbito de los servicios sociales.

Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso uso de las delegaciones contenidas en esta resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero.-Esta resolución será de aplicación desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2001.

Manuel A. Silva Romero

Secretario general de la Consellería de Sanidad y

Servicios Sociales