Producido el cese del titular de la Secretaría General para las Relaciones con las Comunidades Gallegas, procede adoptar las medidas inmediatas para que, sin perjuicio del posterior nombramiento del nuevo titular del centro directivo, se asegure el correcto funcionamiento del servicio y la resolución, en su caso, de los asuntos encomendados a dicha secretaría general,
DISPONGO:
Artículo único.-El desarrollo de las acciones y el ejercicio de las competencias propias de la Secretaría General para las Relaciones con las Comunidades Gallegas, que figuran en el Decreto 261/1994, de 29 de julio, y otras que le fuesen expresamente delegadas, quedan encomendadas temporalmente y hasta que se produzca el nombramiento de su titular al secretario general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de septiembre de 2001.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración
Pública