En ejecución del Plan de Formación de la EGAP para 2001, y conforme a las funciones atribuidas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la escuela y por la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, se convoca el curso mencionado en el anexo I a la presente resolución, que se desarrollará de conformidad con las siguientes bases:
Primera.-Solicitudes.
1. El personal que desee participar en el curso programado deberá solicitarlo con la presentación de la instancia y certificación, que, como modelos oficiales, se recogen en el anexo II y III de esta resolución, respectivamente.
2. La falsedad o ocultación de datos esenciales para la selección de los aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso en el presente año.
3. El plazo de presentación de instancias finalizará el día 5 de octubre.
4. Las solicitudes, dirigidas al director de la EGAP, se presentarán en el registro general de la escuela, ubicada en la calle de Madrid, 2-4, polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, o en cualquiera de las dependencias recogidas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Segunda.-Acceso a las actividades.
Podrá participar el personal que cumpla los requisitos específicos exigidos en el aludido anexo I.
Tercera.-Selección.
1. Los criterios selectivos a utilizar serán los señalados con carácter general en la resolución de la Escola Gallega de Administración Pública de 27 de junio de 1994 (Diario Oficial de Galicia nº 149, del 3 de agosto).
2. La relación de seleccionados para participar en el curso previsto se publicará en los tablones de anuncios de la Escuela Gallega de Administración Pública y del Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, y, en su caso, en las delegaciones provinciales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
Cuarta.-Certificaciones de asistencia.
1. Se le otorgará el correspondiente certificado de asistencia a los alumnos que participen con regularidad y dedicación en el desarrollo del curso. A efectos de evaluar los conocimientos adquiridos por los alumnos, la EGAP podrá fijar la realización de las pruebas que considere oportunas o requerir la presentación de un trabajo final de prácticas.
2. Es obligatoria la asistencia y puntualidad a todas las sesiones del curso. Toda ausencia deberá ser justificada debidamente por el interesado. La falta de asistencia, aunque sea justificada, a más del 15% de las horas lectivas programadas, impedirá la expedición de la certificación anteriormente referida y dará lugar a la baja en el curso con la pérdida de todos los derechos.
3. Para conocimiento y constancia en su expediente, los participantes en el curso deberán facilitar copia de las certificaciones recibidas en los servicios de personal del centro directivo al que estén adscritos.
Quinta.-Modificaciones.
1. La EGAP podrá modificar el desarrollo y el contenido del curso anunciado a fin de adaptarlos a las
necesidades de la Administración, así como a las distintas contingencias que puedan surgir.
2. En el supuesto de que el número de instancias recibidas sea inferior al 50% de las plazas convocadas, la EGAP se reserva el derecho de suspender la realización del curso, utilizando al efecto los medios de notificación a los interesados previstos en la normativa vigente.
Santiago de Compostela, 3 de septiembre de 2001.
Domingo Bello Janeiro
Director de la Escuela Gallega de Administración Pública
ANEXO I
El derecho sancionador desde la perspectiva jurisdiccional.
1. Objetivos.
Profundizar en los conocimientos sobre el derecho administrativo sancionador a través del estudio de la doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, así como de la fijación de criterios que puedan resultar de ésta, y del examen de las resoluciones judiciales de interés, con especial hincapié en las dictadas por órganos jurisdiccionales con sede en esta Comunidad Autónoma, para su aplicación a la tramitación y consideración en las resoluciones de los expedientes administrativos sancionadores.
2. Destinatarios.
Funcionarios de los grupos A y B y personal laboral de los grupos I y II de la Xunta de Galicia, que sean licenciados en derecho, preferentemente con destino en los servicios técnico-jurídicos y unidades encargadas de la tramitación de expedientes sancionadores.
3. Desarrollo.
3.1. Duración: 21 horas.
3.2. Lugar y fechas: EGAP, os días 19, 20, 21, 22, 26, 27 y 28 de noviembre.
3.3. Horarios: de 17 a 20 horas.
3.4. Plazas: 30.
4. Contenido.
Teoría general del derecho sancionador. El principio de legalidad. La irretroactividad. El principio de tipicidad. La culpabilidad-responsabilidad en el derecho administrativo sancionador. El principio de proporcionalidad y la motivación de las resoluciones. La caducidad y la prescripción. El aspecto sustantivo del non bis in idem. El non bis in idem desde una dinámica procesal. La prueba. Las actas de inspección. El derecho de defensa y a ser informado de la acusación. Medidas cautelares. Ejecutividad. Sanciones administrativas y medidas reparatorias. Las infracciones en materia social.
ANEXO III
D..., secretario general/secretario provincial/responsable de los servicios de personal en la consellería/ delegación provincial de...
Certifico:
Que Don/a..., en el desempeño de su puesto de trabajo de... realiza tareas directamente relacionadas con el contenido del curso (1)...
..., de..., de 2001.
Fdo.:...
(1) Especifique la denominación del curso solicitado.