La orden de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de 7 de agosto de 1998 aprobaba las bases que regirán la convocatoria de becas para la realización de tesis doctorales en temas de investigación marina.
En las bases primera y novena del anexo de esta orden se establecía que las becas podrían ser prorrogadas por períodos de un año hasta un máximo de cuatro.
En base a eso,
SE DISPONE:
Artículo 1º
Se prorrogan por un nuevo período de un año las becas concedidas por orden de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de 17 de noviembre de 1998 (DOG del 30 de noviembre), siendo el inicio del período de la prórroga en el mes de diciembre de 2001.
Artículo 2º
La cuantía de las becas será de 1.680.000 pesetas abonables en doce mensualidades de 140.000 pesetas cada una, en las que se aplicará la correspondiente retención fiscal.
Artículo 3º
Para estas becas se destinará hasta un máximo de seis milllones setecientas veinte mil pesetas (6.720.000 pesetas) con cargo a la aplicación presupuestaria 12.04.432.A 480.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de los años 2001 y 2002 (490.000 pesetas en el año 2001 y 6.230.000 pesetas en el año 2002).
Disposiciones finales
Primera.-A estas becas le serán de aplicación las restantes normas relacionadas en la Orden de 7 de agosto de 1998.
Segunda.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 27 de agosto de 2001.
P.D. (Orden 17-12-1997, DOG nº 246, del 22 de diciembre)
Miguel Ángel López Sieiro
Secretario general de la Consellería de Pesca,
Marisqueo y Acuicultura