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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Martes, 28 de agosto de 2001 Pág. 11.457

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 198/2001, de 27 de agosto, por el que se establecen normas sobre los medios materiales que habrán de utilizarse en las elecciones al Parlamento de Galicia de 2001.

La disposición adicional de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, faculta a la Xunta de Galicia para que dicte las disposiciones precisas para el cumplimiento y ejecución de lo previsto en esa ley.

En base a esta facultad, el Decreto 226/1997, de 25 de agosto, en desarrollo de la disposición aludida, estableció las normas sobre urnas, cabinas, papeletas, sobres y documentación a utilizar en las elecciones al Parlamento de Galicia de 1997, remitiéndose, como legislación supletoria, en lo no previsto en él, a la normativa reguladora de las elecciones al Congreso de los Diputados de las Cortes Generales.

Modificada dicha norma por el Real decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, y atendiendo a la necesaria integración de los principios contemplados en la ley electoral autonómica en el marco de la normativa electoral general, resulta conveniente modificar lo preceptuado por el citado Decreto 226/1997.

De acuerdo con estas directrices y en la experiencia acumulada en los sucesivos procesos electorales acaecidos en nuestra Comunidad Autónoma, el presente decreto, que deroga el Decreto 226/1997, de 25 de agosto, constituirá el marco reglamentario que habrá de regular los medios materiales a utilizar en el proceso electoral autonómico, lo que redundará en una mayor claridad y sencillez de la norma en beneficio de las fuerzas políticas que concurran a los comicios autonómicos y de los propios electores.

Por todo lo expuesto y en virtud de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, modificada por la Ley 15/1992, de 30 de diciembre, que faculta, en su disposición adicional, a la Xunta de Galicia a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su cumplimiento y ejecución, se hace necesario modificar la redacción de la vigente norma sobre urnas, cabinas, papeletas, sobres y demás impre

sos que a utilizar en las elecciones al Parlamento de Galicia.

En consecuencia, a propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintisiete de agosto de dos mil uno,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Locales electorales.

Los locales que se utilicen en las elecciones al Parlamento de Galicia, reunirán las condiciones necesarias para su fin, estarán perfectamente señalizados en lo referente a secciones y mesas, serán preferentemente de titularidad pública, de entre ellos los de carácter docente, cultural o recreativo, y habrán de ser accesibles a las persoas con limitaciones de movilidad.

Los ayuntamientos señalizarán convenientemente los locales correspondientes a cada sección y mesa electoral.

La Xunta de Galicia pondrá a disposición de los ayuntamientos los medios económicos y materiales que les permitan llevar a cabo el acondicionamiento de los locales electorales.

Artículo 2º.-Urnas.

Cada mesa electoral dispondrá de una urna que se ajustará a las caracteristicas que figuran en el anexo I del Real decreto 605/1999, de 16 abril, de regulación complementaria de los procesos electorales.

Excepcionalmente, y cuando el número de electores correspondientes a una mesa lo aconseje, se pondrá a disposición de los votantes una segunda urna, con las caracteristicas señaladas en el párrafo anterior. Previamente a su utilización, el presidente de la mesa verificará que se encuentra vacía y la situará a la par de la ya utilizada, que será debidamente cerrada, procediéndose a partir de ese momento a utilizar exclusivamente la segunda urna.

Las urnas, después de montadas y precintadas, serán entregadas, contra recibo, a los presidentes de las mesas electorales a través de los secretarios de los ayuntamientos.

Los precintos consistirán en un cierre que impida la apertura de la urna sin conocimiento de los miembros de la mesa y de los interventores. De producirse la ruptura o deterioro del precinto, el presidente de la mesa si no pudiese obtener oportunamente otra urna de la Junta Electoral de Zona, asegurará el cierre de la misma con cualquier elemento que tenga a su disposición.

La Xunta de Galicia pondrá a disposición de los ayuntamientos los medios económicos que les permitan llevar a cabo el montaje, el desmontaje y el transporte de las urnas.

Artículo 3º.-Cabinas.

En la misma habitación en la que se desarrolle la votación, y en lugar intermedio entre la entrada y la mesa electoral, existirá, por lo menos, una cabina en la que el votante podrá seleccionar las papeletas

electorales e introducirlas en los correspondientes sobres. En su interior, en los compartimentos destinados al efecto o a la par de la cabina, habrá una mesa con número suficiente de sobres y papeletas de cada candidatura.

Las cabinas a utilizar en las elecciones al Parlamento de Galicia se ajustarán a las caracteristicas que figuran en el anexo II del Real decreto 605/1999, de 16 abril, de regulación complementaria de los procesos electorales.

Las cabinas, después de montadas, serán entregadas, contra recibo, a los presidentes de las mesas electorales a través de los secretarios de los ayuntamientos.

La Xunta de Galicia pondrá a disposición de los ayuntamientos los medios económicos que les permitan llevar a cabo el montaje, el desmontaje y el transporte de las cabinas.

Artículo 4º.-Papeletas y sobres.

Las papeletas y sobres electorales contendrán las características que se señalan en el artículo 32 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, y las que se establecen en el artículo 70.1º de la Ley orgánica 5/1985, de 19 junio, de régimen electoral general, modificada por la Ley orgánica 1/1987, de 2 abril, por la Ley orgánica 8/1991, de 13 de marzo, por la Ley orgánica 6/1992, de 2 de noviembre, por la Ley orgánica 13/1994, de 30 de marzo, por la Ley orgánica 3/1995, de 23 de marzo, por la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, por la Ley orgánica 1/1997, de 30 de mayo, Ley orgánica 3/1998, de 15 de junio y por la Ley orgánica 8/1999, ajustándose a las características y condiciones de impresión señaladas en los anexos I y II del presente decreto.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo 31 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, los delegados provinciales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, o las personas que los sustituyan, pondrán a disposición de los presidentes de las mesas electorales papeletas y sobres en número suficiente.

Artículo 5º.-Impresos electorales.

Se aprueban los modelos de impresos que figuran en los anexos III al IX del presente decreto, que serán de utilización obligatoria en todos los trámites y operaciones en las elecciones al Parlamento de Galicia.

Los impresos a los que se hace referencia en el párrafo anterior tendrán carácter oficial serán facilitados, en tiempo, por la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Disposición adicional

Primera.-Serán igualmente válidos los impresos emitidos por la Oficina del Censo Electoral con ocasión de las elecciones al Parlamento de Galicia.

Segunda.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1º g) de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, los impresos EPG 7.1, EPG 7.2 y EPG 7.3 así como los impresos EPG

9.1., EPG 9.2., EPG 9.3. y EPG 9.4. requieren la aprobación de la Junta Electoral Central para su validez, por lo cual no se publican en los anexos VII y IX.

Tercera.-Tanto para el abono de las cantidades a las que hace mención el presente decreto, como para la entrega de las papeletas, sobres y demás impresos electorales, habrán de observarse, en todos sus términos, las instrucciones económico-administrativas que dicte la Consellería de la Presidencia y Administración Pública con ocasión de las elecciones al Parlamento de Galicia de 2001.

Disposición derogatoria

Única.-Queda derogado el Decreto 226/1997, de 25 de agosto, por el que se establecen normas sobre urnas, cabinas, papeletas, sobres y documentación a utilizar en las elecciones al Parlamento de Galicia y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Disposición final

Única.-El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de agosto de 2001.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

Elecciones al Parlamento de Galicia de 2001

Relación de impresos con expresión de su referencia

ANEXO I

Papeletas de votación

EPG 1.1. Papeletas de votación.

ANEXO II

Sobres de votación

EPG 2.1. Sobres para papeletas de votación al Parlamento de Galicia.

ANEXO III

Constitución de coaliciones electorales y presentación

de candidaturas

EPG 3.1. Comunicación de la constitución de la coalición electoral.

EPG 3.2. Presentación de candidatos al Parlamento de Galicia

EPG 3.3. Presentación de candidatos al Parlamento de Galicia por agrupación de electores (hoja de firmas).

ANEXO IV

Documentación para el voto por correo

EPG 4.1. Solicitud para el voto por correo. Ejemplar para la DPOCE (impreso múltiple).

EPG 4.1a. Ejemplar para el interesado. Copia.

EPG 4.2. Sobre para envío a la DPOCE solicitud certificado de inscripción en el censo electoral.

EPG 4.3. Sobre para remisión documentación voto por correo.

EPG 4.4. Sobre dirigido al presidente de la mesa.

EPG 4.5. Sobre para remisión de documentación voto por correo a los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el Extranjero.

EPG 4.6. Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (no gratuito).

EPG 4.6 a. Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (gratuito).

ANEXO V

Nombramiento de miembros de las mesas electorales

EPG 5.1. Lista de electores capacitados para presidentes y suplentes.

EPG 5.2. Lista de electores capacitados para vocales y suplentes.

EPG 5.3. Comunicación de los ayuntamientos a la Junta Electoral de Zona correspondiente, de la formación de mesas electorales.

EPG 5.4. Nombramiento de miembros de la mesa (impreso múltiple cuatro hojas).

EPG 5.4 a. Comunicación de datos de identificación al juez.

EPG 5.4 b. Comunicación datos identificación (copia).

EPG 5.4 c. Acuse de recibo del nombramiento por el interesado.

EPG 5.5. Sobre para remisión de la notificación a miembros de mesas electorales.

EPG 5.6. Comunicación a jueces de Primera Instancia o de Paz de la composición de las mesas electorales.

EPG 5.7. Citación a miembros de las mesas electorales.

ANEXO VI

Nombramiento de interventores y apoderados

Interventores

Nombramiento de interventores

(impreso múltiple de cuatro hojas)

EPG 6.1. Matriz.

EPG 6.1 a. Credencial.

EPG 6.1 b. Comunicación al presidente de la mesa electoral de votación de la que forma parte.

EPG 6.1 c. Comunicación al presidente de la mesa electoral de votación de la lista electoral en la que figura inscrito.

EPG 6.2. Sobre a dirigir al presidente de la mesa para remisión de copia de credencial de nombramiento de interventores.

Apoderados

Nombramiento de apoderados

(impreso múltiple de dos hojas)

EPG 6.3. Matriz

EPG 6.3 a. Credencial.

ANEXO VII

Documentación para la actuación de las mesas

electorales

EPG 7.4. Lista numerada de votantes (primera hoja cubierta).

EPG 7.4 a. Lista numerada de votantes (segunda hoja e siguientes).

EPG 7.5. Sobre bolsa número 1: documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz.

EPG 7.6. Sobre bolsa número 2: documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz.

EPG 7.7. Sobre bolsa número 3: documentación para entregar al funcionario del Servicio de Correos.

EPG 7.8. Recibo del juez de Primera Instancia o de Paz, justificativo de la entrega de los sobres números 1 y 2.

EPG 7.9. Recibo do funcionario de Correos, justificativo de la entrega del sobre 3.

EPG 7.10. Certificado de votación (blocs de 100 hojas).

ANEXO VIII

Nombramiento de representantes

de la Administración

Nombramiento de representante de la Administración

(impreso múltiple de dos hojas)

EPG 8.1. Credencial.

EPG 8.1 a. Copia.

ANEXO IX

EPG 9.5. Credencial de diputado del Parlamento

de Galicia.

Elecciones al Parlamento de Galicia de 2001

Relación de impresos con expresión de su referencia y características

ANEXO I

EPG 1.1. Papeletas de votación.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 105 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara. Los tipos de letra serán idénticos para cada candidato. Logotipo de 20 mm máximo por cada lado.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano en cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO II

EPG 2.1. Sobres de votación.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE C-6 114 x 162 mm, deberá tener fondo interior azul en cualquier tonalidad y el engomado estará en la punta del cierre de la solapa.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en tinta negra, por una sola cara, cuerpo y tipo de letra según figura en el presente decreto.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO III

EPG 3.1. Comunicación de la constitución de la coalición electoral.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por ambas caras.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 3.2. Presentación de candidatos al Parlamento de Galicia.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por ambas caras.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 3.3. Presentación de candidatos al Parlamento de Galicia por agrupación de electores.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por ambas caras.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO IV

EPG 4.1. y 4.1 a. Solicitud para el voto por correo. Ejemplar para la DPOCE y ejemplar para el interesado.

Características:

Color y tonalidad: color blanco en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 60 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara cada hoja, en papel autocopiativo. Pegado en juegos en cabeza.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 4.2. Sobre para envío a la DPOCE de solicitud certificado de inscripción en el censo electoral.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 120 x 175 mm aproximadamente, deberá tener fondo azul en cualquier tonalidad.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara y remite en la solapa de pico.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 4.3. Sobre para remisión documentación voto por correo.

Características:

Color y tonalidad: color kraft en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 183 x 305 mm aproximadamente.

Gramaje: papel kraft verjurado de 90 gm/m con tira de silicona.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por ambas caras y remite en la solapa.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 4.4. Sobre dirigido al presidente de la mesa.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 120 x 175 mm aproximadamente, deberá tener fondo interior azul en cualquier tonalidad.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara y remite en la solapa de pico.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 4.5. Sobre para remisión documentación voto por correo a los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el Extranjero (CERA).

Características:

Color y tonalidad: color caña, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 183 x 305 mm aproximadamente.

Gramaje: papel caña verjurado de 90 gm/m con tira de silicona.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en 3 colores por una cara y un color al respaldo y remite en la solapa.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 4.6. Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el CERA -envío no gratuito-.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 120 x 175 mm aproximadamente.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara, deberá tener fondo interior azul en cualquier tonalidad y en el interior impreso un texto.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra

EPG 4.6.a. Sobre dirigido al presidente de la Junta Electoral Provincial para el voto de los inscritos en el CERA -envío gratuito-.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 120 x 175 mm aproximadamente.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara, deberá tener fondo interior azul en cualquier tonalidad y en el interior impreso un texto.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO V

EPG 5.1. Lista de electores capacitados para presidentes y suplentes.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 5.2. Lista de electores capacitados para vocales y suplentes.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 5.3. Comunicación de los ayuntamientos á Junta Electoral Provincial correspondiente da formación de mesas electorales.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 5.4., 5.4 a, 5.4 b, 5.4 c. Nombramiento de miembros de la mesa (impreso múltiple de cuatro hojas).

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-5, 148 x 210 mm.

Gramaje aproximado: 60 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara cada hoja, en papel copiativo blanco.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 5.5. Sobre para remisión notificación a los miembros de las mesas electorales.

Características:

Color y tonalidad: kraft, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 185 x 266 mm (no será necesariamente normalizado).

Gramaje: papel kraft verjurado de 90 gm/m, con tira de silicona.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 5.6. Comunicación a los jueces de Primera Instancia o de Paz de la composición de las mesas electorales.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 5.7. Citación definitiva de presidentes y vocales.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-5, 148 x 210 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO VI

EPG 6.1., 6.1. a, 6.1 b, 6.1 c. Nombramiento de interventores (impreso múltiple de cuatro hojas).

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-5, 148 x 210 mm.

Gramaje aproximado: 60 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara cada hoja, en papel copiativo.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 6.2. Sobre de remisión del nombramiento de interventor al presidente de la mesa electoral.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 120 x 175 mm, deberá tener fondo interior azul en cualquier tonalidad y el engomado estará a lo largo de toda la solapa.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 6.3., 6.3 a. Nombramiento de apoderados (impreso múltiple de dos hojas).

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-5, 148 x 210 mm.

Gramaje aproximado: 60 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara cada hoja, en papel copiativo blanco.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO VII

EPG 7.4. y 7.4 a. Lista numerada de votantes (primera hoja y siguientes):

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 7.5. Sobre número 1: documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz.

Características:

Color y tonalidad: kraft, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 250 x 353 mm.

Gramaje aproximado: papel kraft verjurado de 90 gm/m con tira de silicona.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara con remite en la solapa.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 7.6. Sobre número 2: documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz.

Características:

Color y tonalidad: kraft, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 250 x 353 mm.

Gramaje aproximado: papel kraft verjurado de 90 gm/m con tira de silicona.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara con remite en la solapa.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 7.7. Sobre número 3: documento para entregar al funcionario del Servicio de Correos.

Características:

Color y tonalidad: kraft, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 250 x 353 mm.

Gramaje aproximado: papel kraft verjurado de 90 gm/m con tira de silicona.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara con remite en la solapa.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 7.8. Recibo do funcionario de Correos, justificativo de la entrega de los sobres 1 y 2.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 7.9. Recibo del funcionario de Correos, justificativo de la entrega del sobre 3.

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

EPG 7.10. Certificado de votación (blocs de 100 hojas).

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: 120 x 180 mm.

Gramaje aproximado: 70 gm/m en talonarios de 100 hojas.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO VIII

EPG 8.1. y 8.1.a. Nombramiento de representante de la Administración (impreso múltiple de dos hojas).

Características:

Color y tonalidad: blanco, en cualquier tonalidad.

Medidas aproximadas: UNE A-5, 148 x 210 mm.

Gramaje aproximado: 60 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra, en tinta negra, por una sola cara cada hoja, en papel copiativo blanco.

Texto bilingüe: gallego, en recta, castellano, cursiva y ambos en el mismo cuerpo de letra.

ANEXO IX

EPG 9.5. Credencial de diputado del Parlamento de Galicia.

Características:

Color y tonalidad: crema.

Medidas aproximadas: UNE A-4, 210 x 297 mm.

Gramaje aproximado: cartulina 240 gm/m.

Impresión y tinta: impresión en cualquier tipo de letra en cinco tintas.

Texto bilingüe: gallego, en recta.